La ComisiĆ³n de ProtecciĆ³n al Consumidor de Indecopi admitiĆ³ a trĆ”mite una denuncia contra Laboratorio Mediline S.A.C. por la venta del producto āCDS DiĆ³xido de Cloro- CĆ³digo Saludā para tratamiento de coronavirus. El laboratorio estĆ” ubicado en el local denominado āEl Boticarioā, ubicado en la Av. JosĆ© Torres Paz NĀ° 143, urbanizaciĆ³n Ciudad de Dios, distrito San Juan de Miraflores.
SegĆŗn Indecopi, este producto es ofrecido como una soluciĆ³n potencialmente segura y efectiva para superar el coronavirus. Esto, pese a que resultarĆa perjudicial para la salud de los seres humanos, ya que no cuenta con respaldo cientĆfico, ni con autorizaciĆ³n o Registro Sanitario emitido por la DirecciĆ³n General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud (Digemid) para este fin.
AdemĆ”s, en este procedimiento, la comisiĆ³n incluyĆ³ de oficio a la empresa Mercado Libre PerĆŗ S.R.L. Ya que habrĆa permitido que a travĆ©s de su Marketplace se comercialice el mencionado producto.
Exigencia de medidas a laboratorio
Complementariamente a la admisiĆ³n de la denuncia efectuada por el consumidor afectado, Jaime Delgado Zegarra, Indecopi ordenĆ³ que el laboratorio Mediline S.A.C. (El Boticario) cumpla con las siguientes medidas cautelares:
Retire, inmovilice y cese la comercializaciĆ³n de todos los lotes y presentaciones del producto āCDS DiĆ³xido de Cloro-CĆ³digo Saludā. AsĆ como el cese de la promociĆ³n de dicho producto en todas sus presentaciones.
Cumpla con colocar a la vista del pĆŗblico un aviso que informe sobre la existencia de la denuncia del consumidor afectado. De forma permanente en todos sus establecimientos comerciales (fĆsicos y virtuales). AdemĆ”s, cumplir las medidas cautelares ordenadas, asĆ como de las recomendaciones dadas por la Digemid. A travĆ©s de la Alerta Digemid NĀŗ 41- 2019 que indica:
- No comprar āCDSā, āCDS DiĆ³xido de Cloroā u otros productos similares que contengan clorito de sodio o diĆ³xido de cloro. Si estĆ” consumiendo estos productos suspenda su uso inmediatamente. Debido a los riesgos que puede representar para su salud y denuncie los lugares donde se distribuya o comercialice este producto.
- Abstenerse de adquirir productos que no cuenten con registro sanitario a travĆ©s de internet o comercio ambulatorio. Ya que no se puede garantizar la procedencia y composiciĆ³n de los mismos.
- Se exhorta a no reemplazar el tratamiento indicado por su profesional de la salud por otros con este tipo de productos.
- Consultar con su profesional de la salud respecto a los productos promocionados por internet.
Retiro de publicidad de tratamiento para coronavirus
Por Ćŗltimo, esta comisiĆ³n de Indecopi ordenĆ³ a Mercado Libre S.R.L., en calidad de medida cautelar, retire de su Marketplace (www.mercadolibre.com.pe) la publicaciĆ³n del producto āCDS DiĆ³xido de Cloro-CĆ³digo Saludā. Asimismo, durante el presente procedimiento, deberĆ” revisar y eliminar diariamente cualquier publicaciĆ³n del citado producto.
Es importante seƱalar que las partes se encuentran dentro del plazo para presentar su recurso de apelaciĆ³n contra la medida cautelar impuesta. Esto, ante la Sala Especializada en ProtecciĆ³n al Consumidor, segunda y Ćŗltima instancia administrativa de la instituciĆ³n.
ComisiĆ³n de Indecopi
Esta comisiĆ³n es un Ć³rgano que pertenece al Ć”rea resolutiva de la instituciĆ³n y estĆ” integrada por profesionales independientes que resuelven los casos segĆŗn su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente. Los Ć³rganos resolutivos del Indecopi son autĆ³nomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no estĆ”n sujetas a control por parte del presidente del Consejo Directivo.
AdemĆ”s de la Gerencia General o de cualquiera de las gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artĆculo 21Ā° de Ley de OrganizaciĆ³n y Funciones del Indecopi.
La instituciĆ³n da a conocer esta decisiĆ³n al amparo del artĆculo 123 de la Ley NĀ° 29571, CĆ³digo de ProtecciĆ³n y Defensa del Consumidor, el cual precisa que los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carĆ”cter pĆŗblico.
En esa medida, el Secretario TĆ©cnico y la ComisiĆ³n de ProtecciĆ³n al Consumidor NĀ° 2 se encuentran facultados para disponer la difusiĆ³n de informaciĆ³n vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atenciĆ³n a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violaciĆ³n de secretos comerciales o industriales.