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Coronavirus: Indecopi ordena a laboratorio retiro de Dióxido de Cloro CDS

Según Indecopi, este producto es ofrecido como una solución potencialmente segura y efectiva para superar el coronavirus. Esto, pese a que resultaría perjudicial para la salud

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La Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi admitió a trámite una denuncia contra Laboratorio Mediline S.A.C. por la venta del producto ‘CDS Dióxido de Cloro- Código Salud’ para tratamiento de coronavirus. El laboratorio está ubicado en el local denominado ‘El Boticario’, ubicado en la Av. José Torres Paz N° 143, urbanización Ciudad de Dios, distrito San Juan de Miraflores.

Coronavirus

Según Indecopi, este producto es ofrecido como una solución potencialmente segura y efectiva para superar el coronavirus. Esto, pese a que resultaría perjudicial para la salud de los seres humanos, ya que no cuenta con respaldo científico, ni con autorización o Registro Sanitario emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud (Digemid) para este fin.

Además, en este procedimiento, la comisión incluyó de oficio a la empresa Mercado Libre Perú S.R.L. Ya que habría permitido que a través de su Marketplace se comercialice el mencionado producto.

Exigencia de medidas a laboratorio

Complementariamente a la admisión de la denuncia efectuada por el consumidor afectado, Jaime Delgado Zegarra, Indecopi ordenó que el laboratorio Mediline S.A.C. (El Boticario) cumpla con las siguientes medidas cautelares:

Retire, inmovilice y cese la comercialización de todos los lotes y presentaciones del producto ‘CDS Dióxido de Cloro-Código Salud’. Así como el cese de la promoción de dicho producto en todas sus presentaciones.

Cumpla con colocar a la vista del público un aviso que informe sobre la existencia de la denuncia del consumidor afectado. De forma permanente en todos sus establecimientos comerciales (físicos y virtuales). Además, cumplir las medidas cautelares ordenadas, así como de las recomendaciones dadas por la Digemid. A través de la Alerta Digemid Nº 41- 2019 que indica:

  • No comprar ‘CDS’, ‘CDS Dióxido de Cloro’ u otros productos similares que contengan clorito de sodio o dióxido de cloro. Si está consumiendo estos productos suspenda su uso inmediatamente. Debido a los riesgos que puede representar para su salud y denuncie los lugares donde se distribuya o comercialice este producto.
  • Abstenerse de adquirir productos que no cuenten con registro sanitario a través de internet o comercio ambulatorio. Ya que no se puede garantizar la procedencia y composición de los mismos.
  • Se exhorta a no reemplazar el tratamiento indicado por su profesional de la salud por otros con este tipo de productos.
  • Consultar con su profesional de la salud respecto a los productos promocionados por internet.

Retiro de publicidad de tratamiento para coronavirus

Por último, esta comisión de Indecopi ordenó a Mercado Libre S.R.L., en calidad de medida cautelar, retire de su Marketplace (www.mercadolibre.com.pe) la publicación del producto ‘CDS Dióxido de Cloro-Código Salud’. Asimismo, durante el presente procedimiento, deberá revisar y eliminar diariamente cualquier publicación del citado producto.

Es importante señalar que las partes se encuentran dentro del plazo para presentar su recurso de apelación contra la medida cautelar impuesta. Esto, ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa de la institución.

Comisión de Indecopi

Esta comisión es un órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente. Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte del presidente del Consejo Directivo.

Además de la Gerencia General o de cualquiera de las gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de Ley de Organización y Funciones del Indecopi.

La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público.

En esa medida, el Secretario Técnico y la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales.

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Autor

  • Redacción El Búho

    Las notas publicadas por “Redacción El Búho” son elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.

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