La indeterminación por hacer de Islay, Mejía o Mollendo el punto inicial del “Ferrocarril de Arequipa”, tuvo como telón de fondo el enfrentamiento entre las razones técnicas de proyectistas y constructores y los intereses creados de comerciantes y vecinos de Islay que vislumbraban la desvalorización de sus propiedades si se elegía como puerto y punto de inicio del ferrocarril un lugar diferente de Islay.
Como tenemos ya señalado, en los días de la inauguración ferrocarrilera, el punto inicial era Mollendo, pero el puerto oficial (residencia de la Aduana, oficinas comerciales, consulados, hoteles y trabajadores portuarios) seguía siendo Islay. Para resolver este impasse, el Ministro de Hacienda Nicolás de Piérola y Villena, el 6 de enero de 1871, dictó en Arequipa dos resoluciones pronunciándose – provisionalmente – a favor de Mollendo, hecho por el cual, hasta hoy los mollendinos festejan su “aniversario patrio” el 6 de enero.
Lo curioso es que Piérola y Balta, sabedores que las resoluciones favorables a Mollendo despertarían opiniones de intereses adversos que podían empañar su idílica estadía en la ciudad mistiana, guardaron las disposiciones ministeriales en lo más profundo de sus baúles…y, recién de vuelta a la Capital, las hicieron publicar en El Peruano el 25 de enero; días más tarde y por la publicación oficial se enteraron los beligerantes comerciantes y vecinos de Islay que fueron vanas sus luchas.
El siguiente es el texto de las Resoluciones Ministeriales aludidas que constituyen como el Acta de Fundación del moderno Mollendo y que las reproducimos de la obra: Ensayo monográfico de Mollendo y la Provincia de Islay del distinguido Dr. Manuel de Torres Muñoz.
Arequipa 6 de Enero de 1871
“Teniendo en consideración: 1° Que es de necesidad hacer estudios detenidos y examinar maduramente las condiciones de los puertos de Islay, Mollendo y Mejía, para decidir cuál de estos deba ser el término del ferrocarril de esta ciudad a la costa; 2° Que siendo Mollendo el término actual de la línea férrea, es urgente dotarle de los edificios necesarios para el depósito de mercaderías y mejor servicio del ferrocarril. SE RESUELVE: 1° Practíquese por el Ministerio de Hacienda y Comercio, los estudios convenientes para conocer cuál de los puertos
de Islay, Mollendo y Mejía, deba ser en definitiva el término del ferrocarril de Arequipa a la costa. 2° Declárese el puerto de Mollendo como término provisional del expresado ferrocarril; y 3°.Autorízase al empresario constructor don Enrique Meiggs para que, en el expresado puerto de Mollendo, por medio de un ingeniero de su confianza, designe los locales, haga los trazos respectivos y proceda a la colocación de las estaciones, ramadas y demás depósitos que por su contrata está obligado a proporcionar. Comuníquese y Regístrese.- Rúbrica de S.E. Piérola”.
El otro decreto decía así:
Arequipa, 6 de Enero de 1871.
“Teniendo en consideración: 1° Que declarado por decreto de la fecha, el puerto de Mollendo, término provisional del ferrocarril de Arequipa a la costa, es necesario dictar las órdenes convenientes para proporcionar las mayores facilidades al comercio, y garantías a los intereses Fiscales; 2° Que careciendo en la actualidad, Mollendo, de las comodidades y elementos necesarios para el depósito, custodia y despacho de mercaderías, es indispensable acordar las medidas que tiendan a salvar estos inconvenientes;
SE RESUELVE: 1° Concédase el plazo improrrogable de cuatro meses, a contar desde el 15 de febrero próximo en que estará abierto al tráfico la línea férrea de Mollendo a esta ciudad, para el despacho de todas las mercaderías actualmente existentes en los almacenes de la Aduana de Islay; abonándose por los interesados, el valor de los derechos que causare el despacho; 2° Queda clausurado el puerto de Islay para la importación de mercaderías; debiendo, por consiguiente, arribar los buques al puerto de Mollendo; 3°. Las mercaderías que se importen de la fecha en adelante, por el puerto de Mollendo, serán conducidas, directamente, con las precauciones convenientes, a esta ciudad; en donde se practicará su despacho, de conformidad con los reglamentos vigentes, por los empleados que, para ese efecto se nombren.
Desígnase como local para la aduana de esta ciudad el edificio conocido por “Los Ejercicios”; 4° Tan luego como se hubiere verificado el despacho de todas las mercaderías existentes en los almacenes de Islay, se constituirá el personal de la aduana expresada en esta ciudad previa orden del Ministerio de Hacienda, debiendo, en el día, trasladarse el resguardo al puerto de Mollendo con sólo la permanencia en Islay, de un teniente y dos inspectores, para la vigilancia de esta costa; y 5°. Las medidas acordadas, por la presente resolución tienen el carácter de provisionales, hasta tanto se acuerde la fijación definitiva del término del ferrocarril. Comuníquese, Publíquese y Regístrese. Rúbrica de S.E. Piérola”.
Como usted concluirá, estimado lector, lo “provisional” dura en el Perú más de lo que se hace definitivamente; en este caso, Mollendo fue puerto “provisional” durante setenta años y el único punto inicial del ferrocarril del sur durante ochenta años; pues, en junio de 1941 se terminó el puerto de Matarani (en inmediaciones del antiguo puerto de Islay); y el 6 de enero de 1951 se inauguró el ferrocarril de Matarani a La Joya. Por lo tanto, el “Puerto Bravo” ya no tiene puerto y, según se proyecta, dentro de poco tampoco tendrá tren…pero, seguirá siendo un pueblo bravo y noble que construye su destino de cara al mar y al futuro.
(En las citas textuales que se hacen en esta obra se respeta la ortografía de sus originales)
Juan Guillermo Carpio Muñoz
Texao. Arequipa y Mostajo. La Historia de un Pueblo y un Hombre
Tomo I. Págs. 461 – 463.
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