Arequipa: conoce las multas que se aplicarán a quienes incumplan la cuarentena

Estas son las infracciones y multas que aplicará el Gobierno a quienes incumplan el aislamiento social obligatorio

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Desde el 15 de febrero Arequipa retorna a una inmovilización social debido al incremento de casos de coronavirus. La medida estará vigente hasta el 28 de febrero en cuatro provincias: Arequipa, Camaná, Caylloma e Islay.

El Gobierno Nacional para asegurar que se cumpla la cuarentena emitió el Decreto Legislativo n.º 1458 sobre las restricciones y sanciones en caso de incumplimiento. Estas son las siguientes:

Multas por transitar innecesariamente

Los trabajadores que realicen actividades permitidas deben tramitar su pase laboral para no interrumpir sus labores. De lo contrario, si es intervenido y no posees este documento puede recibir una multa por S/ 264.

Asimismo, la norma establece que los ciudadanos puedan salir a comprar víveres o medicinas. Igualmente, trasladar a establecimientos médicos a personas cuya vida esté en peligro. Acudir al banco para cobrar un subsidio económico por coronavirus. También puede realizar una salida corta cerca de casa por máximo una hora. Pero, en caso incumpla la medida recibirá una multa por S/ 220.

De la misma manera, se castigará con S/352 a las personas que salen a la calle y no porten su mascarilla.

Sanción por uso de vehículos particulares

Arequipa está considerada entre las regiones con nivel de alerta extremo, por lo que se prohíbe el uso de vehículos particulares. Puedes salir con tu auto y tu pase laboral solo si trabajas en las actividades económicas permitidas. También puedes movilizarte si necesitas atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo tu vida o salud, o para adquirir medicamentos.

En cambio, si circulas con tu vehículo particular por otros motivos que no están permitidos por el Gobierno, tendrás una sanción de S/ 352.

Incumplimiento del toque de queda

Si el ciudadano sale fuera del horario de inmovilización social obligatoria, le significará una multa de S/ 440. Cabe mencionar que en Arequipa y las provincias con riesgo extremo solo estará permitida la salida de una hora de 6.00 a. m. hasta las 6.00 p. m. Luego de ese tiempo ya se considerará una vulneración a la cuarentena.

Vale precisar que habrá inmovilización social obligatoria los domingos durante todo el día. La multa asciende a S/ 396.

Otras sanciones

El Gobierno también ha considerado otras sanciones por faltar a la norma. Por ejemplo, en caso de no respetar el metro de distancia obligatorio o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados implica una multa de S/ 88.

Así también se castigará con S/308 a las personas que desarrollen actividades económicas que no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo n.° 044-2020-PCM.

De igual manera, desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública provoca una multa por S/ 396.

Así también, no portar su DNI al salir a la calle o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas es causa para recibir una multa de S/ 440.

Pago de multas

La norma indica que las multas deben pagarse en un plazo máximo de 5 días hábiles posterior al día siguiente útil desde que fue impuesta. Si lo realizas dentro de los dos días hábiles posteriores, la multa se reducirá en un 25%. Aunque, tienes el derecho de apelar la multa.

En caso no pagues, no podrás suscribir ningún tipo de contrato civil ni acto notarial. Tampoco podrás hacer trámites ante los bancos o la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), y no te permitirán viajar al exterior.

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Autor

  • Redacción El Búho

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