Miembros de mesa tienen día libre y electores facilidades para viajar

Será un día no laborable y no compensable para quienes hayan trabajado en el proceso o para aquellos que votan en otras regiones

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El Ministerio de Trabajo publicó el Decreto Supremo 008-2021-TR, que otorga facilidades para los miembros de mesa y electores en el marco de las elecciones generales, en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Se declara el 12 de abril del 2021 día no laborable de naturaleza no compensable. Esto, para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones generales del 11 de abril del 2021. Tal como lo precisa el artículo 1.1 del mencionado decreto.

En ese sentido, los empleadores del sector público y privado adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en el numeral precedente.

El trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Ya sea, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, a fin de gozar del beneficio señalado.

Recuperación sujeto a acuerdo en el sector privado

Asimismo, las facilidades para ejercer el voto, están consideradas en el artículo 3.1. para los trabajadores del sector público y privado. Para quienes prestan servicios en provincias distintas a su lugar de votación y que participen en las elecciones generales. “Siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, están facultados a no prestar servicios el lunes 12 de abril del 2021”.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma de hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador.

En tanto en el sector público, los titulares de las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

Los trabajadores del sector público y privado cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las elecciones generales tienen derecho a periodos de tolerancia en el inicio de la prestación de servicios, así como durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto.

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