JNE: De 71 apelaciones de FP por nulidades, solo 9 pasarán al pleno

Este número de pedidos de nulidad es el que subsiste de más de 900 solicitudes que hizo el partido Fuerza Popular en todo el país.

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De las 71 apelaciones interpuestas por el fujimorismo, solo nueve recibieron la luz verde de los Jurados Electorales Especiales (JEE) para que pasen a ser discutidos por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De estas, ocho corresponden a la región Tacna y una a Pasco.

Sin embargo, el hecho que un Jurado Especial conceda que la apelación de un recurso de nulidad siga su camino hacia un fuero superior, no significa que le esté dando la razón a la parte demandante. Es solo una continuidad del trámite.

De acuerdo al informe, “las demás las declaró improcedentes por diversos motivos: 52 no adjuntaron el comprobante de pago de la tasa electoral. Siete sí lo hicieron, pero con vouchers utilizados en distintos trámites, una fue derivada a otro Jurado Especial, una está resuelta pero pendiente de publicarse su resolución. Y una se declaró extemporánea”, precisa un informe de La República.

“Eso significa que Fuerza Popular hasta el momento no está apelando los recursos calificados como fuera del plazo. Sin embargo, aún queda mucho tramo por recorrer. Sobre todo por los argumentos utilizados por la personera del partido naranja, Milagros Takayama”, precisan.

JNE publica dos resoluciones de apelaciones por actas observadas

De otro lado, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó en El Peruano, dos resoluciones sobre recursos de apelación de actas electorales observadas. Estas apelaciones, que no tienen que ver con los pedidos de nulidad de actas, sino con la observación de actas que se hizo el día de las elecciones, fueron interpuestas por los personeros legales de los partidos Fuerza Popular (FP) y Perú Libre (PL), en el marco de las elecciones generales del 2021 .

En el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano aparecen dos. La primera es la 0612-2021-JNE, que declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Ana María Córdova, personera legal de PL. Y en consecuencia, revoca la resolución 00726-2021-JEE-HNCO/JNE, del Jurado Electoral Especial de Huánuco.

Por tanto, se declara válida el acta electoral 901611-2021-JEE-HNCO/JNE, en la segunda elección presidencial, en el marco de las elecciones generales 2021.

En tanto, la segunda resolución publicada es la 0615-2021-JNE, que declara infundado el recurso presentada por Milagros Takayama, personera legal de FP. Ésta, confirmando la resolución 01531-2021-JEE-CHYO/JNE, del Jurado Electoral Especial de Chiclayo.

En ambos casos, dispuso que los jurados electorales especiales (JEE) remitan las resoluciones a las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE).

Las resoluciones cuentan con las firmas de los integrantes del pleno del JNE, que preside Jorge Salas Arenas, e integran Luis Arce, Jovián Sanjinez y Jorge Rodríguez.

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