Falta resolver 7 apelaciones de FP para proclamar resultados en Arequipa

JNE declara infundado recurso de apelación interpuesto por Alejandra Aramayo, personera legal de Fuerza Popular y envían informe a Fiscalía

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Los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Arequipa, Cusco y Tacna aún no han podido proclamar los resultados oficiales de la segunda vuelta. Esto porque los resultados de las apelaciones, deben ser remitidos desde la sede del Jurado Nacional de Elecciones en Lima.

De acuerdo a la plataforma electoral, al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aún le falta resolver tres apelaciones presentadas por Fuerza Popular en el JEE Arequipa 1 y otras 4 del JEE Arequipa 2. Una vez que tengan los resultados deben ser remitidos desde Lima.

Según informó el presidente del JEE de Tacna, Jorge de Amat Peralta, 13 pedidos de nulidad presentados por Fuerza Popular están aún en el Jurado a la espera de ser resueltos.

Fuerza Popular presentó en esta región, 36 pedidos para anular actas electorales que contenían alrededor de nueve mil votos. Todos se declararon improcedentes por no cumplir con los requisitos de forma.

En tanto, en Cusco, aguardan la resolución de seis expedientes. Todos son pedidos de nulidad de Fuerza Popular. El JEE Cusco, que abarca ocho provincias, espera el retorno de cinco expedientes. Remitió al JNE una apelación y cuatro quejas del partido político de Fujimori. Por su lado, el JEE Canchis, que agrupa a las cinco provincias de la región, también remitió un expediente de apelación. La nulidad presentada por Fuerza Popular corresponde al distrito de Colquemarca (Chumbivilcas).

JNE declara infundada apelación interpuesta por Alejandra Aramayo

De otro lado, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó dos resoluciones sobre recursos de apelación de actas electorales. Éstas, interpuestas por los personeros legales de Fuerza Popular (FP), en el marco de la segunda vuelta de las elecciones generales del 2021.

La primera, 0700-2021-JNE, declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Alejandra Aramayo Gaona, personera legal de Fuerza Popular. Y confirma la resolución 001428-2021-JEE-AQP1/JNE, del 11 de junio de 2021 emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa 1. En el extremo que declara infundado el pedido de nulidad de la votación obtenida en la mesa de sufragio 005960.

La segunda resolución, 0705-2021-JNE, también declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Milagros Takayama Jiménez, personera legal de Fuerza Popular. En consecuencia, confirma la resolución 00956-2021-JEE-CHTA/JNE, del 12 de junio de 2021 emitida por el Jurado Electoral Especial de Chota. En el extremo que declaró infundado el pedido de nulidad de votación obtenida en la mesa de sufragio 012103.

Las dos resoluciones, se publicaron en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Y cuentan con las firmas de los integrantes del pleno del máximo organismo electoral.

Y en ambos casos, se determinó la remisión al Ministerio Público de los informes periciales presentados por la organización política Fuerza Popular. Así también, los actuados pertinentes.

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