Oposición modifica Constitución de “manera encubierta” sobre cuestión de confianza

Por dictamen aprobado Ejecutivo no podrá plantear este mecanismo sobre reformas constitucionales o las que afecten competencias del Congreso

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La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el dictamen de ley que interpreta el último párrafo de los artículos 132 y 133 de la Constitución Política del Perú, los cuales buscan regular la cuestión de confianza. La decisión establece que no se puede plantear la confianza a proyectos relacionados a reformas constitucionales o a aquellos que afecten “las competencias exclusivas del Congreso”.

Para el abogado constitucionalista, Omar Cairo, “el dictamen aprobado por la Comisión de Constitución sobre la cuestión de confianza es una modificación constitucional ‘encubierta’. Y una burla a la interpelación obligatoria hecha por el Tribunal Constitucional”, expresó a La República.

En tanto, para el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, el dictamen que interpreta la cuestión de confianza, aprobado hoy transgrede la Constitución. Porque “ahora se quiere limitar (al Ejecutivo), eso rompe el equilibrio constitucional”. El Congreso tiene la facultad de vacar al presidente de la República por inconducta moral y tiene la facultad de censurar a ministros sin ningún límite. Y por el otro lado está la cuestión de confianza que permite al Ejecutivo plantear cuestiones sobre iniciativas legislativas.

Interpretación auténtica es igual a la hecha para reelección de Fujimori

Consideró que los miembros de la Comisión de Constitución, que aprobaron por mayoría el dictamen, han incurrido en error. “Es lamentable que el Congreso vuelva a la misma situación del 93 y 96, en que interpretó auténticamente la Constitución. Esto, para facilitar la tercera reelección de (Alberto) Fujimori, esa decisión determinó que varios congresistas y miembros del JNE terminen la cárcel”, recordó.

El Congreso debe adecuarse a la Constitución. Nadie les ha facultado para que haga una interpretación auténtica. Lo que faculta la Constitución, con toda claridad, es a hacer una reforma a la Constitución”, advirtió en RPP.

Sostuvo que, quien puede interpretar en forma auténtica una norma jurídica es la instancia que la ha creado. Con una norma de igual jerarquía, en sentido, advirtió que este Congreso no ha creado la Constitución sino una Asamblea Constituyente.

¿Cómo fue la votación para modificar la Constitución?

Este dictamen se aceptó con 12 votos a favor de los congresistas de las bancadas de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Acción Popular, Avanza País, Podemos Perú y Renovación Popular. Hubo, asimismo, seis votos en contra de los legisladores de Perú Libre y Juntos por el Perú; y una abstención de Susel Paredes de Somos Perú-Partido Morado.

Según este proyecto, “se interpreta que la cuestión de confianza que puede plantear un ministro de Estado o el presidente del Consejo de Ministros a nombre del consejo, sobre iniciativas ministeriales, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno”.

Además, no se podrá plantear cuestión de confianza sobre iniciativas relacionadas “a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos”.

Reconsideración presentada no tuvo éxito

Los parlamentarios Waldemar Cerrón (Perú Libre) y Edgar Reymundo (Juntos por el Perú) presentaron una reconsideración de la votación, pero la solicitud fue rechazada por mayoría.

Según el reglamento, para que la reconsideración proceda se requería el respaldo de más de la mitad del número de miembros de la comisión; sin embargo, no se llegó a esa cantidad.

¿Qué es una Cuestión de Confianza?

La Cuestión de Confianza es un mecanismo constitucional por el cual el Poder Ejecutivo puede consultar al Congreso de la República, sobre el tema que estime conveniente, si aún cuenta con su confianza para seguir gobernando.

Para la presentación de la Cuestión de Confianza, el Presidente de la República convoca a sesión extraordinaria del Congreso de la República. En esta sesión, el Presidente del Consejo de Ministros, acompañado de su gabinete, expone las razones de la solicitud frente al pleno del Parlamento.

A continuación, el Congreso debate sobre lo planteado y finalmente vota. Para ser aprobada, la Cuestión de Confianza debe recibir el voto a favor de la mitad más uno del número legal de congresistas (66 votos).

Según la Constitución Política del Perú, si el Congreso no aprueba la Cuestión de Confianza o si el Presidente del Consejo de Ministros renuncia o es removido por el Presidente de la República, se produce una crisis ministerial total y el gabinete en pleno renuncia.

Cierre del Congreso

Si se censura o niega el voto de confianza a dos gabinetes de un mismo gobierno, el Presidente de la República puede disolver el Congreso. El decreto respectivo deberá incluir una convocatoria a nuevas elecciones congresales dentro de los 4 meses posteriores a la disolución.

La Constitución también precisa que la Comisión Permanente del Parlamento seguirá en funciones y que el Congreso no puede ser disuelto en su último año de mandato.

Fuente: Constitución Política del Perú (Art. 118, 130, 132, 133, 134).

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