Durante una entrevista radial, el ex premier y congresista Guido Bellido, del partido PerĆŗ Libre, se refiriĆ³ a los proyectos de ley que ha impulsado, entre los cuales se encuentra una iniciativa legal para crear una empresa nacional de fertilizantes. En ese marco, dio el siguiente dato: āDespuĆ©s de la ConstituciĆ³n de 1993, no se ha creado ninguna empresa estatal [sic]ā. Luego de revisar los antecedentes y la informaciĆ³n oficial al respecto, Ama Llulla concluye que este dato es falso.
La declaraciĆ³n de Bellido figura en la siguiente transcripciĆ³n:
āPor primera vez el congreso va a tener que aprobar la constituciĆ³n de una empresa nacional. Porque nunca, despuĆ©s de la constituciĆ³n de 1993, […] se ha creado ninguna empresa estatalā.
De acuerdo a la ConstituciĆ³n PolĆtica del PerĆŗ, el Estado tiene una serie de limitaciones para realizar actividad empresarial. Aunque se pueden crear nuevas empresas estatales, esto ocurre siempre que exista alto interĆ©s pĆŗblico sobre la materia y la intervenciĆ³n sea de manera subsidiaria.
Al respecto, Karla GaviƱo, profesora de la Escuela de GestiĆ³n PĆŗblica de la Universidad del PacĆfico, comentĆ³ que la ConstituciĆ³n establece claramente los tres criterios para la formaciĆ³n de nuevas empresas estatales.
āSolo se puede realizar actividad empresarial del estado con la autorizaciĆ³n de una ley expresa, no otra norma con rango de ley. Otro requisito es que el estado debe tener una participaciĆ³n subsidiaria. AquĆ lo que nos estĆ” diciendo es que se trata de una participaciĆ³n empresarial como Ćŗltima ratio, cuando la empresa privada no brinda el servicio o no lo hace de manera eficiente. Y el tercer requisito es que debe haber un alto interĆ©s pĆŗblicoā.
Ahora bien, contrario a lo mencionado por Guido Bellido, luego de 1993 sĆ se han creado empresas donde el Estado peruano tiene una participaciĆ³n mayoritaria. De hecho, algunas de estas se conformaron mediante leyes aprobadas por el Congreso de la RepĆŗblica.
Una de estas empresas es la FĆ”brica de Armas y Municiones del EjĆ©rcito (FAME), una compaƱĆa estatal con accionariado privado y que funciona bajo el Ć”mbito del Ministerio de Defensa. FAME fue creada a travĆ©s de la Ley NĀ° 29314, que fue publicada en enero del 2009 en El Peruano.
El fin de esta empresa es comercializar, desarrollar y dar mantenimiento a las armas y municiones de guerra y de uso civil que utilizan las Fuerzas Armadas, la PolicĆa Nacional y los ComitĆ©s de Autodefensa.
La creaciĆ³n de esta empresa se produjo tras la aprobaciĆ³n de un proyecto multipartidaria en el Pleno del Congreso, entonces presidido por Javier VelĆ”squez QuesquĆ©n.
Esta fƔbrica estatal tuvo como antecedente la FƔbrica de Armas y Municiones del EjƩrcito creada en 1963 y luego liquidada en abril de 1996.
Otras de las empresas nacionales habilitadas por el Parlamento fue el Banco Agropecuario (Agrobanco), a travĆ©s de la Ley NĀ° 27603, aprobada en diciembre de 2001. La norma indica desde su primer artĆculo que se trataba de ānecesidad pĆŗblica y de manifiesta conveniencia nacional la creaciĆ³n del Banco Agropecuarioā.
AsĆ figura en las actas de debate del Congreso de la RepĆŗblica que se encontraba en funciones en 2001. Durante una sesiĆ³n de la ComisiĆ³n Agraria, previa a la aprobaciĆ³n de la ley, el parlamentario Carlos Magno ChĆ”vez Trujillo seƱalĆ³ que la creaciĆ³n del banco se establecĆa con arreglo al artĆculo 60.Ā° de la ConstituciĆ³n PolĆtica del Estado.
En el posterior debate del Pleno, el congresista ChĆ”vez Trujillo hizo una reseƱa histĆ³rica de los antecedentes relacionados al antiguo Banco Agrario, creado en 1931. El parlamentario indicĆ³ que en 1981 aquella entidad dio 127 416 prĆ©stamos, operaciones que al aƱo 1989 se elevaron a 384 429 prĆ©stamos. TambiĆ©n indicĆ³ que durante el quinquenio 1985-1990 otorgĆ³ 1 546 814 prĆ©stamos.
El Banco Agrario fue liquidado en mayo de 1992 a travĆ©s de la Ley NĀ° 25478, junto con otras entidades financieras estatales como el Banco Industrial del PerĆŗ, el Banco Minero del PerĆŗ y el Banco de Vivienda, segĆŗn consta en la Memoria Institucional del Banco Central de Reserva del PerĆŗ (BCRP) de 1992.
āLa recuperaciĆ³n de los crĆ©ditos otorgados por el Banco Agrario estaba siguiendo su curso normal. Lamentablemente, la dictadura [de los aƱos 90], para implementar un programa econĆ³mico neoliberal ortodoxo, liquidĆ³ este bancoā, comentĆ³ el congresista ChĆ”vez en el pleno en que se aprobĆ³ la creaciĆ³n de la nueva entidad, el 6 de diciembre de 2001.
Posteriormente, el presidente Alejandro Toledo promulgĆ³ la norma.
Por otra parte, la Empresa de AdministraciĆ³n de Infraestructura ElĆ©ctrica (Adinelsa) iniciĆ³ tambiĆ©n sus actividades en 1994 bajo la denominaciĆ³n Empresa de IngenierĆa y ConstrucciĆ³n de Sistema ElĆ©ctricos (ICSA), como consta en la escritura pĆŗblica de su constituciĆ³n.
En el acta notarial se indica que ICSA se creĆ³ a partir de un acuerdo de la Copri por el cual se autorizĆ³ la divisiĆ³n y reorganizaciĆ³n de las empresas que conformaban el sistema elĆ©ctrico nacional.
Se mantuvo inactiva hasta 1998, aƱo en que iniciĆ³ sus labores y ademĆ”s modificĆ³ su nombre a la denominaciĆ³n actual.
Adinelsa tiene como actividad principal la distribuciĆ³n de energĆa elĆ©ctrica para zonas rurales en Lima, Ica, Arequipa, Ayacucho y Huancavelica. A la fecha ya cuenta con mĆ”s de 213 instalaciones entre centrales hidroelĆ©ctricas, grupos tĆ©rmicos y sistemas elĆ©ctricos rurales.
Todas las empresas mencionadas se encuentran adscritas al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), el cual se creĆ³ en 1999. A la fecha, administra 35 empresas. En 31 de estas compaƱĆas, el Estado peruano es el socio mayoritario de manera directa o a travĆ©s de otras dependencias estatales.
Hay que precisar que el Estado tambiĆ©n cuenta con otras empresas que tienen regĆmenes particulares. Por ejemplo PetroperĆŗ o las empresas creadas a nivel municipal que se crearon para servicios a pequeƱa escala.
Karla GaviƱo, profesora de la Escuela de GestiĆ³n PĆŗblica de la Universidad del PacĆfico; explicĆ³ a Ama Llulla que el Tribunal Constitucional ha reconocido la legalidad de la participaciĆ³n del Estado peruano en el Ć”mbito empresarial; siempre que sea para cumplir una funciĆ³n supletoria y en busca del bien comĆŗn.
Para esta verificaciĆ³n, Ama Llulla enviĆ³ una consulta por escrito al nĆŗmero personal de Guido Bellido con el fin de que precise su afirmaciĆ³n; pero hasta el cierre de ediciĆ³n, el congresista no emitiĆ³ una respuesta.
En funciĆ³n a lo expuesto, Ama Llulla concluye que la versiĆ³n del congresista Guido Bellido, acerca de que no se ha creado ninguna empresa estatal luego de la aprobaciĆ³n de la ConstituciĆ³n de 1993, es falsa.
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