Toque de queda en Arequipa: conoce aquí las restricciones para Navidad y Año Nuevo

El gobierno dispuso modificaciones específicas en el toque de queda para vísperas de Navidad y Año Nuevo que también regirán en Arequipa.

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toque de queda en arequipa

La irrupción de la variante Ómicron a nivel mundial ha obligado a los gobiernos del mundo a endurecer sus restricciones, en un intento por evitar contagios. Debido a la llegada a nuestro país de la nueva mutación de la covid-19, las autoridades anunciaron modificaciones en los horarios de toque de queda y aforos, que también se aplicarán en Arequipa.

Una de las estrategias planteadas por el gobierno es extender el toque de queda en vísperas de Navidad y Año Nuevo. Los días 24 y 31 de diciembre, la inmovilización social obligatoria comenzará a las 23:00 horas y se extenderá hasta las 4:00 horas del día siguiente. Lo dispuesto también tendrá vigencia en Arequipa y todas las provincias que se encuentren en nivel de alerta moderado. Con esto se pretende disuadir de reuniones sociales y fiestas por las fiestas decembrinas que puedan elevar la cantidad de contagios.

El resto de los días, hasta el 2 de enero del 2022, el toque de queda inicia a las 2:00 horas y se extiende a las 4:00 horas. Estas disposiciones constan en el Decreto Supremo 179-2021-PCM, donde se anunciaron una serie de nuevas medidas contra la pandemia, a raíz de la propagación mundial de la variante Ómicron de la covid-19.

Obligatoriedad del carnet de vacunación contra la covid-19

Las nuevas restricciones comprenden la exigencia del carnet de vacunación para el ingreso a espacios cerrados. Es decir, locales comerciales, templos, cines, bancos, dependencias estatales y hasta universidades de la ciudad blanca. La credencial puede exhibirse en forma física como en virtual, mediante un código QR a ser escaneado.

Asimismo, se dispuso que toda persona que realice actividad laboral presencial estará obligada a acreditar su esquema completo de vacunación. De lo contrario, en el caso de los trabajadores del sector privado, solo podrán realizar trabajo remoto. Si sus tareas no son compatibles con esta modalidad, el empleador podrá suspender el contrato, sin goce de haber.

Respecto al sector transportes, los pasajeros tanto de la movilidad interprovincial aérea como terrestre solo podrán hacer uso del servicio si acreditan su inmunización completa. La misma exigencia aplica a conductores y cobradores del transporte público urbano, así como los delivery.

Además, los domingos no hay restricciones para la circulación de vehículos particulares en las provincias de Arequipa.

Pedirán carnet de vacunación en transporte público de Arequipa

El Ejecutivo nacional también contempla reducir los aforos en espacios cerrados y actividades económicas. La medida aún está en evaluación y será revisada por en sesión del Consejo de Ministros. Las capacidades se reducirían del 80% al 60%.

Asimismo, el Comando Covid Arequipa anunció que se dará cumplimiento a la reducción de aforo en buses de transporte público. Así, solo podrán trasladar al 60% del total de pasajeros permitidos y ya no el 80%, como venían haciéndolo. No solo ello, de acuerdo con el gerente regional de Salud, Christian Nova, se pedirá el carnet de vacunación a los pasajeros que hagan uso del servicio. Quienes incumplan este requerimiento podrían ser retirados de las unidades vehiculares.

Restringirán acceso a playas de Mollendo en año nuevo

De otro lado, el alcalde provincial de Islay, Edgar Rivero, anunció que restringirán el acceso a las playas de Mollendo este 31 de diciembre. La medida tendrá vigencia desde las 8:00 horas hasta las 8:00 horas del 1 de enero del 2022. La finalidad es prevenir contagios y excesos por el consumo de alcohol. Por su parte, los comerciantes de la zona expresaron su rechazo a la medida.

Estas son las multas por no respetar el toque de queda en Arequipa

En caso se incumpla la inmovilización social obligatoria, la Policía Nacional del Perú está en potestad de sancionar al infractor. Los efectivos del orden pueden imponer una multa de 88 a 440 soles. Así lo señala el Decreto Legislativo Nº 1458. El infraccionado por recurrir la sanción ante las autoridades, siempre que esto sea debidamente argumentado.

La multa se paga ante el Banco de la Nación. Si no se hiciese en los cinco días hábiles posteriores, se quedará inhabilitado para hacer trámites ante entidades del Estado, ni acceder a los programas de ayuda económica como los bonos anunciados por el gobierno.

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Autor

  • Semanario El Búho

    Las notas publicadas por “Semanario El Búho” fueron elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.

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