Toque de queda en Arequipa: estas son las restricciones desde este lunes 17 de enero

Gobierno publicó el Decreto Supremo 005-2022-PCM, que establece cambios en el toque de queda para Arequipa, Camaná, Islay y otras provincias del país.

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toque de queda en arequipa

El gobierno confirmó lo anunciado por el Ministerio de Salud (Minsa) el pasado jueves y tres provincias de la región ingresaron al nivel de alerta alto. Se trata de Arequipa, Camaná e Islay, que desde este lunes 17 de enero verán ampliado su horario de toque de queda, que empezará a las 00:00 horas y se extenderá hasta 04:00 horas.

La medida de restricción se hizo oficial el mismo lunes, mediante el Decreto Supremo 005-2022-PCM. Lo dispuesto en la norma tendrá vigencia por dos semanas, hasta el próximo domingo 30 de enero. Además, no hay restricción para la circulación de vehículos particulares los días domingo, fuera de los horarios del toque de queda en Arequipa.

Respecto a las otras cinco provincias de Arequipa, estas no registran cambios en su horario del toque de queda. De acuerdo con lo estipulado por el dispositivo legal, Caravelí, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión continúan en el nivel de alerta moderado. Por ello, la inamovilidad es entre las 02:00 y las 04:00 horas.

Asimismo, se mantiene la obligatoriedad de la presentación del carnet de vacunación para acreditar el esquema de inmunización completo. El documento es obligatoriedad para entrar a cualquier establecimiento cerrado, ya sean espacios de culto o de actividades económicas. También es requisito para quienes hagan uso del transporte terrestre y aéreo. Lo mismo aplica para conductores y cobradores del transporte urbano y personas dedicadas al servicio de delivery de la ciudad blanca y de todo el país.

Del mismo modo, el decreto supremo oficializa la exigencia de la tercera dosis para las personas mayores de 50 años. Tanto para establecimientos cerrados, transporte interprovincial aéreo y terrestre, choferes y cobrados del transporte urbano, y personal de taxi y delivery. Lo mismo aplica para quienes hagan uso de playas, piscinas, lagos o lagunas.

Multas por no respetar el toque de queda en Arequipa y restricciones

En caso se incumpla la inmovilización social obligatoria, la Policía Nacional del Perú está en potestad de sancionar al infractor. Los efectivos del orden pueden imponer una multa de 88 a 440 soles. Así lo señala el Decreto Legislativo Nº 1458. El infraccionado por recurrir la sanción ante las autoridades, siempre que esto sea debidamente argumentado.

La multa se paga ante el Banco de la Nación. Si no se hiciese en los cinco días hábiles posteriores, se quedará inhabilitado para hacer trámites ante entidades del Estado, ni acceder a los programas de ayuda económica como los bonos anunciados por el gobierno.

Los apercibimientos dispuestos son los siguientes:

  • Transitar por la vía pública sin pase laboral: 264 soles
  • Transitar por la vía pública sin usar mascarilla: 352 soles
  • Incumplir el distanciamiento social o formar aglomeraciones: 88 soles
  • Abandonar el domicilio durante el toque de queda: 440 soles
  • Circular por la calle durante el toque de queda: 396 soles

Restricciones de aforos para Arequipa, Camaná e Islay (nivel de alerta alto)

Actividades en espacios cerrados:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
  • Casinos y tragamonedas: 40%
  • Cines y artes escénicas: 60%
  • Bancos y otras entidades financieras: 60%
  • Templos y lugares de culto: 60%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
  • Eventos empresariales y profesionales: 60%
  • Peluquería y Barberia: 60%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
  • Coliseos:60%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos

Respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales de Arequipa en el marco de sus competencias:

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 30%

Restricciones de aforos para Caravelí, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión (nivel de alerta moderado)

Actividades en espacios cerrados:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
  • Casinos y tragamonedas: 60%
  • Cines y artes escénicas: 80%
  • Bancos y otras entidades financieras: 80%
  • Templos y lugares de culto: 80%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
  • Eventos empresariales y profesionales: 80%
  • Peluquería y Barberia: 80%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 80%
  • Coliseos:60%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos 

Respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias:

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre.
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 40%

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Autor

  • Semanario El Búho

    Las notas publicadas por “Semanario El Búho” fueron elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.

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