La frase literal del congresista Jorge Montoya fue la siguiente:
āEl Congreso: es el primer poder del estado. ĀæPor quĆ©? Porque es la genuina representaciĆ³n nacional proveniente de todo el PerĆŗ y distribuida en 130 congresistas de diferentes partidos polĆticosā.
El artĆculo 43Ā° de la ConstituciĆ³n PolĆtica del PerĆŗ establece que āel Gobierno es unitario, representativo y descentralizado, se organiza segĆŗn el principio de poderesā.
En el TĆtulo IV, titulado āDe la estructura del Estadoā, se especifica de manera diferenciada las competencias y caracterĆsticas de cada uno de estos poderes, a saber: CapĆtulo I: Poder Legislativo, CapĆtulo IV: Poder Ejecutivo y CapĆtulo VIII: Poder Judicial. Pero, en contraposiciĆ³n a lo sugerido por Montoya, en ningĆŗn acĆ”pite se indica que el primero de los poderes en jerarquĆa sea el Legislativo.
De hecho, el capĆtulo VI de esta secciĆ³n de la Carta Magna se titula āDe las relaciones con el Poder Legislativoā, y se refiere a los mecanismos de control polĆtico entre el Ejecutivo y el Congreso; lo que incluye el voto de confianza para los ministros y la posibilidad del cierre del Congreso si este censura dos gabinetes. Tampoco aquĆ se indica que uno de los poderes sea superior en jerarquĆa que el otro.
Y en ese sentido tambiĆ©n van dos incisos relacionados al Poder Judicial, que se refieren especĆficamente a āla unidad y exclusividad de la funciĆ³n jurisdiccionalā; y āla independencia en el ejercicio de la funciĆ³n jurisdiccionalā. En ningĆŗn caso se establece la subordinaciĆ³n de este poder respecto a los otros.
Luego, en enero de 2020, el Tribunal Constitucional (TC) revisĆ³ este tema al dirimir la constitucionalidad de la disoluciĆ³n del Congreso dispuesta el aƱo anterior por el expresidente MartĆn Vizcarra. En su condiciĆ³n de mĆ”ximo intĆ©rprete de la Carta Magna, el TC se pronunciĆ³ en un sentido absolutamente contrario al manifestado por el congresista Montoya.
En el fundamento jurĆdico 32 del expediente NĀ° 0006-2019-CC/TC, el TC indica de manera especĆfica: āCon base en el principio de separaciĆ³n de poderes, es claro que nuestro modelo no aspira āa diferencia de lo que ocurre en un rĆ©gimen parlamentarioā a la confusiĆ³n o subordinaciĆ³n entre los poderes; o a la asunciĆ³n de que existe una suerte de un āprimer poderā del Estado. Se reconoce la divisiĆ³n de poderes y se prevĆ©n formas razonables para resolver o superar las diferencias entre ellosā.
El argumento del Tribunal Constitucional estĆ” relacionado a la importancia de la separaciĆ³n de poderes, cuyo āpropĆ³sito [es] limitar el poder, evitar su concentraciĆ³n en manos de una sola persona u Ć³rgano de gobierno, como garantĆa frente al absolutismo y la opresiĆ³nā, se indica en el mismo fallo.
En consulta para esta verificaciĆ³n, Eddie CajaleĆ³n Castilla, profesor de derecho constitucional en la PUCP, indicĆ³; āEn el marco de la constituciĆ³n, no es posible hablar de una jerarquĆa entre poderes del Estado; donde uno es el primer poder y los demĆ”s estĆ”n en segundo o tercer lugarā. El especialista agregĆ³ que cada poder cumple las funciones encomendadas por la ConstituciĆ³n.
Por otro lado, Samuel Abad, doctor en derecho y especialista en derecho constitucional y derechos humanos; explicĆ³ a la red Ama Llulla que la declaraciĆ³n del congresista Montoya no tiene sustento teĆ³rico. Abad explicĆ³ que la ConstituciĆ³n garantiza la divisiĆ³n de poderes y determina las atribuciones de cada uno de ellos. āNo hay ninguno que estĆ© primero que otroā, seƱalĆ³.
Cabe precisar que, en octubre del 2021, el medio digital El Filtro āmiembro de la red Ama Llullaā verificĆ³ como falsa una afirmaciĆ³n similar de la presidenta del Congreso, MarĆa del Carmen Alva, quien habĆa declarado que el āCongreso es el primer poder del Estadoā.
Como parte del chequeo, el abogado constitucionalista Javier Alonso de Belaunde explicĆ³ que en la organizaciĆ³n del Estado, los tres poderes āEjecutivo, Judicial y Legislativoā; āestĆ”n en plano de igualdad, sin relaciones de jerarquĆa”.
La red Ama Llulla intentĆ³ contactar al congresista Jorge Montoya, para solicitarle precisiones, a travĆ©s de una alerta en redes sociales, mensajes vĆa WhatsApp; llamadas telefĆ³nicas y mensajes a su mail personal y al mail oficial de la bancada de RenovaciĆ³n Popular. Al cierre de esta verificaciĆ³n no hubo respuesta.
En funciĆ³n a lo expuesto, la red Ama Llulla concluye que la declaraciĆ³n del congresista Jorge Montoya, del partido RenovaciĆ³n Popular, acerca de que el Congreso de la RepĆŗblica es el primer poder del Estado, es falsa.
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