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Elecciones 2022 : JNE y ONPE advierten, “no pueden cambiarse reglas cuando un proceso está en marcha”

Organismos advierten sobre reciente ley aprobada por el Congreso. No se garantizaría predictibilidad del proceso ni seguridad jurídica

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Jorge Luis Salas, presidente del Jurado Nacional de Elecciones y Piero Corvetto, jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) advierten que no es viable el cambio de reglas electorales estando en curso el proceso electoral, y mucho menos en el estado en el que se encuentra, dado que ya se han impreso las cédulas y padrones para el sufragio. Además, ya se viene fiscalizando los sistemas informáticos y ensamblando el material electoral para su distribución este viernes 6 de mayo, a nivel nacional.

Asimismo, a través de un comunicado, los organismos electorales recuerdan que fue el mismo Poder Legislativo que aprobó la intangibilidad de las normas electorales. Así también, estableció disposiciones transitorias mediante Ley nº 31357, publicada el 31 de octubre de 2021, para el presente proceso de elecciones internas de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, a las cuales los organismos electorales ya se adecuaron.

Estas elecciones se convocaron el 4 de enero de 2022, a través del Decreto Supremo 001-2022-PCM, dentro de un marco legal que, tal como ha ocurrido en anteriores elecciones, debía mantenerse intangible para garantizar la predictibilidad del proceso, la seguridad jurídica para los actores electorales y el trato equitativo para todas las organizaciones políticas participantes.

Congreso pretende reabrir plazo para presentar listas de candidatos

Sin embargo, señalan que, a pocos días de realizarse los comicios internos, el Congreso de la República aprobó una ley que implica la modificación del cronograma de las elecciones internas. Esto, con el propósito de reabrir el plazo de presentación de listas de candidatos que participarán en las ERM 2022, del próximo 2 de octubre. E inclusive permitiría modificar las listas de candidatos que ya se presentaron y remitieron oportunamente a la ONPE para la organización del proceso de elecciones internas.

“A la fecha, con la información de las candidaturas remitidas por el JNE y la entregada por las propias organizaciones políticas, la ONPE ha impreso más de un millón setecientas mil cédulas de sufragio. Además de, más de cinco mil padrones de electores afiliados, así como el resto del material electoral”, se lee en el comunicado.

En tal sentido, el JNE y la ONPE siguiendo lo establecido en las normas, refieren que se emitieron los correspondientes reglamentos. Además, se publicaron y comunicaron oportunamente a las organizaciones políticas; pero ahora se pretende modificar los plazos y hasta las formas, pese a que el proceso ya se encuentra en pleno desarrollo.

Cambios afectan principio de equidad y realización del proceso

“Un proceso electoral debe regirse, desde su inicio hasta el final, por reglas previas y claramente establecidas. Así como por plazos precisos, pues cada una de sus fases necesita ser culminada para dar paso a la siguiente”, señala el pronunciamiento.

“Estando a 12 días de la realización de las elecciones internas, se pretende cambiar los plazos para permitir la presentación de nuevas listas de candidatos en fecha posterior a la prevista. Así también, la modificación de las listas ya presentadas y la presentación de nuevos afiliados. Esto, con la sola exhibición de las fichas físicas o virtuales y la imprevista incorporación de unas elecciones internas complementarias no reguladas. Esto afecta la intangibilidad de la normativa electoral, el principio de preclusión, el principio de equidad y la realización misma del proceso electoral”, continúa.

“Reiteramos que no es legítimo cambiar las reglas del proceso electoral en el estado que nos encontramos. Tanto más que no se precisó en el proyecto el costo de la ejecución de la ley. Y tampoco se consideró la fuente de los recursos que se necesitarían para su implementación. A ello se suma que en la tramitación y expedición de la ley no se ha cumplido con el Artículo 78 del Reglamento del Congreso de la República” concluye el documento.

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