OEA convocó sesión extraordinaria para analizar situación en Perú

Artículos 17 y 18 de documento hacen referencia al fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática

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El secretario de la OEA, Luis Almagro atendió pedido del presidente del Perú, Pedro Castillo.

La Organización de los Estados Americanos (OEA) convocó a una sesión extraordinaria del Consejo Permanente para evaluar la solicitud del Gobierno peruano de activar la Carta Democrática en los artículos 17 y 18 referidos a las situaciones en las que se pone en riesgo la democracia en un país.

Fue el secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro quien solicitó con un oficio, se convoque la sesión extraordinaria. Esto, en atención al pedido del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y el canciller César Landa.

“Se solicita que se ponga en análisis la situación en el Perú y se disponga la visita de representantes del Consejo Permanente. Y otras gestiones que se consideren necesarias”, reza el documento.

La solicitud llegó a la OEA el 12 de octubre del 2022, y en nota adjunta piden la aplicación de los artículos 17 y 18 de la Carta Democrática Interamericana para preservar la institucionalidad democrática y el legítimo ejercicio del poder”, dice en la carta.

El presidente Castillo habría expresado a la OEA un escenario de alteración del orden establecido en el país. “Las situaciones que en el documento se detallan, de acuerdo con el Gobierno peruano, han configurado un proceso destinado a la alteración del orden e institucionalidad democrática en el Perú”.

¿Cuándo se adoptó la Carta Democrática Interamericana en la OEA?

De acuerdo a la Organización de Estados Americanos, la Carta se adoptó por aclamación en una Asamblea General extraordinaria de la OEA. Se celebró en Lima el 11 de septiembre de 2001, cuando en la misma fecha, ocurrían los atentados contra las Torres Gemelas en los Estados Unidos. El Secretario de Estado de Estados Unidos, Colin Powell, quien asistía a la Asamblea, solicitó que primero se votara la aprobación y luego, se pronunciaran los discursos para poder retornar a su país.

La Carta, fue un mandato de la III Cumbre de las Américas, realizada en abril de 2001 en Quebec, Canadá. Los Jefes de Estado y de Gobierno del Hemisferio presentes, encargaron a los ministros de relaciones exteriores preparar una carta que reforzase “los instrumentos de la OEA para la defensa activa de la democracia representativa».

Por tanto, a la misma, se le reconoce como uno de los instrumentos interamericanos más completos, promulgado para la promoción y fortalecimiento de los principios, prácticas y cultura democráticas entre los Estados de las Américas.

Un antecedente a la misma es la Resolución 1080, de 1991. Por primera vez, habilitó a la OEA, en caso de ruptura del orden constitucional o golpe de Estado, a tomar las sanciones y las medidas que considerase adecuadas.

Javier Pérez de Cuéllar la sugirió

“Esta capacidad de sancionar a los Estados Miembros que sufran rupturas institucionales, repetida y ampliada en la Carta Democrática Interamericana, es inédita en el mundo. Solo en las Américas (la OEA y las organizaciones subregionales que adoptaron la también llamada «cláusula democrática») la contemplan en su acervo jurídico”.

Como se sabe, la Carta fue fuertemente impulsada por Perú en la OEA desde el gobierno de transición del año 2000. Esto, a sugerencia del entonces Primer Ministro, Javier Pérez de Cuéllar y luego por el Presidente, Alejandro Toledo. Asimismo, su Canciller, Diego García-Sayán y el Representante Permanente ante la OEA, el ex Canciller, Manuel Rodríguez Cuadros.

La Carta consta de seis capítulos: I) La democracia y el Sistema Interamericano, II) la democracia y los Derechos Humanos, III) Democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza, IV) Fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, V) La democracia y las misiones de observación electoral, VI) Promoción de la cultura democrática.

Hasta el año 2016, el Capítulo IV de la Carta Democrática fue invocado diez veces y en siete ocasiones se aplicó de manera preventiva. Esto a fin de evitar el escalamiento de crisis político-institucionales, que podrían haber puesto en riesgo el proceso democrático. O el legítimo ejercicio del poder y derivar en rupturas del orden democrático. En otros dos casos la Carta se aplicó en momentos considerados como rupturas del orden democrático. Y recientemente y por primera vez, se aplicó en función del artículo 20.

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