Comisión de Constitución manda al archivo proyecto del Ejecutivo sobre la cuestión de confianza

Sin que se debata el contenido del proyecto congresistas votaron 16 a favor y 9 en contra sustentando que es inconstitucional

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La Comisión de Constitución aprobó el archivamiento del proyecto que presentó en abril el Ejecutivo sobre la cuestión de confianza.

Sin que se debata el contenido del proyecto presentado en abril del 2022 por el Ejecutivo para regular la cuestión de confianza, la Comisión de Constitución aprobó el decreto de archivo por 16 votos a favor, 9 en contra y 0 abstenciones.

De acuerdo al presidente de dicho grupo de trabajo, el fujimorista Hernando Guerra García, el argumento principal para desestimar la propuesta -que se presentó el 8 de abril- es que es inconstitucional.

Según se informó el proyecto que presentó el presidente del Consejo de Ministros buscaba derogar la Ley 31355 que desarrolla la cuestión de confianza y que, el 21 de octubre del 2021, fue aprobada por insistencia por el pleno del Congreso, pese a que con ésta se perdía el equilibrio entre los Poderes del Estado, dejando en menos posibilidades al Ejecutivo.

Otro de los argumentos fue que la norma que aprobó el Legislativo fue ratificada en febrero por el Tribunal Constitucional y que por tanto es incuestionable. En ese sentido, le hicieron ver a Guerra García que el Tribunal Constitucional también sancionó sobre la autoridad de la SUNEDU y sin embargo, el Congreso haciendo caso omiso a su fallo creó una nueva ley debilitando su institucionalidad.

¿Qué dijo el Tribunal Constitucional sobre la cuestión de confianza?

El 3 de febrero de este año, el Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda que presentó el Gobierno de Pedro Castillo contra la norma que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza (Ley 31355). Como se recuerda fueron 4 votos a favor y dos en contra. Los cuatro votos a favor fueron de los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Manuel Miranda. Y votaron en contra, Eloy Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma.

La norma que aprobó el Tribunal Constitucional establece que el Ejecutivo puede utilizar la cuestión de confianza para “materias relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno”, no para “las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso o de otros organismos”.

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