El 23 de mayo último había quedado al voto del Poder Judicial la decisión después de escuchar los alegatos de la demandante contra el Sernanp. La audiencia fue en la Segunda Sala Constitucional. El procurador Luis Alberto Huerta Guerrero defendió la legislación que protege a las áreas protegidas de la depredación industrial, entre ellas a la Reserva de Paracas.
Lo que buscaba la SNP es que se elimine la prohibición total de la pesca industrial dentro de las áreas naturales protegidas (ANP). El conflicto viene de octubre de 2023 cuando este gremio alegaba que la actividad existe desde la década de 1970.
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Sociedad de Pesquería habría pretendido también que se eliminen multas
Luis Huerta Guerrero, procurador del Sernanp, refirió que se rechaza el pedido porque no se ha autorizado la pesca de gran escala en los últimos 36 años, debido a la condición protegida de la reserva. Además, hizo notar que la demanda de la SNP también pedía que se declare la nulidad de los actos administrativos. Con esto, se anularían las multas impuestas a las empresas que estuvieron pescando allí.
Los expertos de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), explicaron recientemente el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Paracas. Establece conservar los ecosistemas de islas, islotes, puntas y acantilados para la fauna silvestre.
En las áreas protegidas contra la pesca industrial se acogen especies como la nutria marina, los lobos marinos chusco y fino, el pingüino de Humboldt y otras aves. También, establece la necesidad de “evitar eventos que alteren la disponibilidad de la anchoveta, principal componente en su dieta”. Pues al reducirse, los animales tendrían que desplazarse a mayores distancias para encontrar alimento.
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Decisión que protege al mar: La SNP “no puede pretender cuestionar una norma jurídica”
a Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada la demanda de la SNP, que apuntaba una presunta infracción a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas.
La SNP tiene cinco días desde la notificación de la resolución para presentar una apelación. De considerar ese recurso, el caso sería resuelto en segunda instancia por la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.
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