Despenalizan relaciones sexuales entre menores de 18 y 14 años

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Con 5 votos a favor y 2 en contra el Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto el artículo 1 de la Ley 28704, inciso 3, del Código Penal, que penaliza las relaciones sexuales entre adolescentes.

Según informó la entidad jurídica, «los  menores de edad entre 14 y menos de 18 también pueden ser titulares del derecho a la libertad sexual», como lo hacen los mayores de edad.

En el inciso de la ley, se omitía la distinción de las relaciones sexuales con o entre menores, y si se cometían con consentimiento o violencia y agresión sexual. Por lo que cualquier mayor de edad que tuviera intimidad con una menor podía purgar una pena de hasta 30 años de cárcel.

Ana Victoria Suárez, fue quién interpuso la demanda en representación de 10 mil 600 ciudadanos que pedía se declare inconstitucional dicho inciso.

Luego del fallo, el TC pidió al Congreso que apruebe normativas que correspondan con la gravedad del delito, sin que “vulneren los derechos de los adolescentes”.