Jurado Nacional de Elecciones admite lista provincial del PPC y deja fuera de carrera a Alejandra Aramayo

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La resolución 1396-2014 del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispone declarar fundada la apelación del personero del Partido Popular Cristiano (PPC) contra la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa que aceptó la tacha contra la lista de candidatos al Municipio Provincial que encabeza Luis Cáceres Angulo. En consecuencia, desestimaron la tacha presentada por María Teresa Miranda Fernández que cuestionaba se hubieran realizado elecciones internas el día 16 de junio, que no fueron convocadas en su oportunidad.

La otra consecuencia de esta resolución, mencionada en forma tácita, es la improcedencia de la candidatura de Alejandra Aramayo, militante del PPC que postuló por la agrupación Fuerza Arequipeña con licencia de su partido, la cual queda en suspenso al presentar su propia lista.

En los considerandos de la resolución, el JNE señala que si bien el Comité Regional del PPC no tenía facultades para convocar elecciones internas fuera del cronograma establecido por la dirigencia nacional como fue el caso, las elecciones sí se realizaron y, en base a ellas, el JEE aceptó otras listas como las de los distritos de José Luis Bustamante y Rivero, Sachaca y Miraflores, cuyos candidatos fueron elegidos en esa misma elección interna del día 16: lo que a su juicio debe prevalecer.

La resolución señala que “independientemente de que no se respetase el cronograma preestablecido, no puede desconocerse el hecho de que sí se llevaron a cabo las elecciones internas. No solo ello, sino que estas se realizaron el 16 de junio de 2014, es decir, dentro del plazo establecido en el artículo 22 de la LPP. Asimismo, debe atenderse al hecho de que se trató de una circunstancia excepcional, producto de la no materialización de una alianza electoral con el objeto de participar de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, en el departamento de Arequipa”.

Más aún, al parecer aludiendo al caso específico del conflicto entre el PPC y la candidata Alejandra Aramayo a quien dieron licencia de postular en otro partido, para luego presentar su propia candidatura, señalan “no debemos olvidar el hecho de que el artículo 18 de la LPP solo autoriza a los afiliados a un partido político por participar por otra organización política únicamente en aquellos supuestos en los cuales se cuente con la autorización del órgano competente del referido partido y que este no presente lista de candidatos en dicha circunscripción. Por lo tanto, la voluntad de un afiliado no puede impedir que el ejercicio de los derechos a la participación política de los candidatos ni la materialización de la voluntad de todos los afiliados… En el presente caso, más allá de la modificación del calendario electoral, no puede desconocerse que los afiliados de la organización política expresaron su decisión de participar en la contienda electoral al llevar a cabo el proceso de democracia interna … (la que) no puede ser obviada ni supeditada por los intereses particulares de un determinado afiliado o grupo de militantes quienes, en pleno ejercicio de sus derechos y libertades, se encuentran legitimados para, luego de dicha decisión del partido político, evaluar su permanencia o no, en el PPC” .

Así, el candidato Luis Cáceres Angulo, quien participó en dos procesos electorales de dos partidos diferentes, ambos el día 16 de junio, y quien se presentó ante la prensa con otro partido diferente del PPC, para luego inscribirse en este partido, el día del plazo final, está de nuevo en carrera.