
La jueza del primer juzgado de investigación preparatoria, Bertha Uchani Sarmiento,
declaró infundado el requerimiento de revocatoria de comparecencia por prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público en contra del presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo, Jesús Cornejo Reynoso.
Sin embargo, emitió una severa advertencia en el sentido de aceptar el pedido de requerir puntualmente a Jaime de Cruz Gallegos y Jesús Cornejo Reynoso para que den cumplimiento estricto a las reglas de conducta como no propiciar reuniones tumultuosas donde se generen actos de violencia o alborotos y la prohibición de comunicarse con sus co-imputados o agraviados en este proceso.
«De incumplir con estas normas establecidas estrictamente y, efectuado el requerimiento
fiscal correspondiente, se procederá a la revocatoria inmediata de la comparecencia con
restricciones, dictándose mandato de prisión preventiva».
La magistrada sustentó su decisión, en el caso de Cornejo, en que la reunión de a población realizada el 12 de setiembre en la que participó el dirigente, «no fue tumultuosa sino pacífica, según se pudo verificar en el video que presentó el Ministerio Público, aclarando que no está prohibido de reunirse, sino de hacerlo en situaciones de desórdenes o violencia.
En tanto, respecto a la prohibición de mantener contacto entre los dos investigados, la magistrada dijo que no hay pruebas que hayan incumplido esta prohibición y en las imágenes mostradas no se aprecia que Cornejo y De la Cruz mantengan una conversación o coordinación.