
“Nosotros estamos aquí para dar a conocer la acción judicial que hemos interpuesto, en contra de una norma que afecta el trabajo de los obstetras y va contra sy reglamento de trabajo. Las acciones legales se vienen realizando a través del colegio en el Poder Judicial con el expediente Nº 117- 2014 de la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia en Lima” Así lo afirmó el Decano de Colegio de Obstetras, Marcos Herrera Cárdenas.
El expediente Nº 117- 2014, a través de una acción popular, para impedir la aplicación de las resoluciones ministeriales 827 y 828, las cuales establecen las funciones de atención integral de salud materna y la referencia en la atención y salud neonatal. Según el Decano de los Obstetras, constituye un atropello contra las leyes vigentes que rigen las actividades de los obstetras, alegando que estas resoluciones son innecesarias y van en contra de la vida de la gestante y el niño por nacer.
“En un parto normal debe estar presente la obstetra, el médico ginecobstetra, el médico neonatólogo, y el personal técnico. Según la resolución, enfermería tendría que ingresar al momento de parto con un equipo completo, y esto no es así, es innecesario que entre tanta gente para cosas irrelevantes como: secar y atender al niño. Ya que con el médico neonatólogo estamos cumpliendo con las normas de protección de la gestante y el niño por nacer”, así lo reafirma la Obstetra Lourdes Arencio.