La moción fue aprobada por 86 votos a favor y ninguno en contra. No se encuentran en el Parlamento las bancadas de Nuevo Perú y Frente Amplio. Según esta votación, Martín Vizcarra debe dejar el cargo por el lapso de un año. En el interín, también aprobaron citar a sesión del pleno el próximo 4 de octubre, donde se trataría la vacancia presidencial.

Según la Constitución, la suspensión temporal requiere un mínimo de 66 votos. La moción suspende al presidente de la República por el plazo de un año por supuesta Incapacidad Moral.
La Constitución señala lo siguiente:
Artículo 114 Suspensión del ejercicio de la Presidencia El ejercicio de la Presidencia de la República se suspende por: 1. Incapacidad temporal del Presidente, declarada por el Congreso, o 2. Hallarse éste sometido a proceso judicial, conforme al artículo 117 de la Constitución.
Artículo 115 Impedimento temporal o permanente del ejercicio de la PresidenciaPor impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones. Cuando el Presidente de la República sale del territorio nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el Segundo Vicepresidente.
Juramentación
Por su parte, la vicepresidente Mercedes Araoz, con el rostro demacrado, ensayó un discurso de asunción de mando llamando a la unidad. Dijo lamentar lo ocurrido, pero enfatizó en que la disolución del parlamento la consideraba inconstitucional. Se refirió a Martín Vizcarra como alguien que deseaba imponer su punto de vista.
Luego, el Congreso envió una carta a Palacio de Gobierno para comunicar que reconocían como presidente de la República, a Mercedes Araoz. No fue recibida por la hora.
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