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Arequipa: Los argumentos del juez para condenar a Juan Manuel Guillén Benavides

Después de siete años, el Poder Judicial resolvió el proceso penal en el que se halla culpable al expresidente regional de Arequipa. Su gerente general también fue condenado a prisión efectiva.

Por El Búho | 9 marzo, 2022
audiencia prisión preventiva
Tras varias horas de audiencia, JM Guillén lucía desencajado por la previsible decisión
Arequipa: Los argumentos del juez para condenar a Juan Manuel Guillén Benavides
Expresidente regional de Arequipa, Juan Manuel Guillén, condenado por delito de corrupción. Foto: Referencial

Este martes 8 de marzo, el expresidente regional de Arequipa fue condenado en una de las causas por corrupción que se le abrió en los últimos años de su segundo mandato, entre el 2011 a 2014.

El juez del Juzgado Unipersonal para casos de Corrupción de Arequipa, Edy Leva, le impuso a Juan Manuel Guillén Benavides 3 años de prisión suspendida por el delito de negociación incompatible e inhabilitación por 5 años. El magistrado determinó que la exautoridad actuó en complicidad con su exgerente general Jorge Luis Aguilar, quien diseñó y puso en práctica este esquema de contratación directa sin concurso ni licitación, beneficiando a empresas proveedoras entre los años 2012 y 2014.

“…resulta imposible que el titular de Arequipa no haya dado su anuencia por las contrataciones directas que duraron 3 años. Además, Jorge Luis Aguilar dijo que la sociedad conocía de estos hechos, por tanto existe responsabilidad penal…”, remarcó el magistrado durante la lectura de adelanto de fallo.

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El juez indicó que el expresidente regional cumplirá reglas de conducta en cumplimiento de la sanción impuesta. Asimismo, tendrá que pagar de manera solidaria junto a su exgerente general la suma de 100 mil soles como reparación civil.

El esquema de contrataciones en el Gobierno Regional de Arequipa

Mientras que se condenó a 4 años y 2 meses de prisión efectiva al exgerente general Jorge Luis Aguilar Gallegos. El magistrado lo  consideró autor del delito de negociación incompatible. Indicó que durante el desarrollo del juicio oral se acreditó que el exfuncionario creó este sistema paralelo a la Ley de Contrataciones del Estado. El exfuncionario convocó  a procesos prescindiendo del área de Logística. Y la Fiscalía determinó que suscribió 73 contratos directos que superaban el valor de 3 UIT.

El Ministerio Público también acreditó que los otros imputados Sarah Peña Dávila, Juan José Velille Torres y Rossana Morays Velásquez también firmaron contratos directos. En suma, el perjuicio por estos hechos se calculó en más de 11 millones de soles. Sin embargo, estos exfuncionarios quedaron absueltos al no haberse probado que se hayan beneficiado directamente con la entrega de estos contratos.

Finalmente, el magistrado manifestó que la lectura integral de la sentencia fue programada para el 18 de marzo a las 15:00 horas.

El Búho

Las notas publicadas por “Semanario El Búho” fueron elaboradas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del equipo editorial. Conozca más en https://elbuho.pe/quienes-somos/.