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Arequipa

Alcalde de Arequipa ante pedido de revocatoria: “el que nada debe, nada teme” (VIDEO) 

La designación de funcionarios sin el perfil adecuado y la ausencia de obras significativas en Arequipa, serían los motivos para que inicien proceso de revocatoria contra Víctor Hugo Rivera

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A partir del próximo 3 de junio, se iniciará la venta de kits para la revocatoria de autoridades regionales y municipales. En Arequipa, el abogado Moisés Olazabal Quenaya ha anunciado su intención de adquirir uno de estos kits para iniciar un proceso de revocatoria contra el alcalde provincial, Víctor Hugo Rivera, y los regidores municipales. 

Olazabal justifica su iniciativa señalando varios motivos. Entre ellas, la designación de funcionarios sin el perfil adecuado, la ausencia de obras significativas en Arequipa y la ineficiencia en el sistema de transporte. Ante este anuncio, el alcalde Víctor Hugo Rivera ha mostrado tranquilidad y confianza. 

“El que nada debe, nada teme, yo estoy tranquilo. Todas las personas pueden firmar, estamos en un país democrático”, declaró Rivera, destacando que su gestión ha estado ejecutando diversas obras en Arequipa. 

Proceso de revocatoria 

Conforme a la Resolución Nro. 0120-2024-JNE, los kits electorales para iniciar un proceso de revocatoria de autoridades estarán disponibles desde el lunes 3 de junio. La fecha límite para adquirir estos kits será hasta el 26 de septiembre del presente año. 

Los promotores de la revocatoria deberán recolectar firmas de adherentes que representen al menos el 25% del padrón electoral de la jurisdicción correspondiente. Estas firmas serán verificadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Una vez verificadas, el promotor presentará la solicitud de revocatoria ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ya sea de manera presencial o virtual. 

La ONPE tiene un plazo máximo de 30 días calendario para resolver las solicitudes de revocatoria. Si la solicitud es denegada, el promotor puede apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que resolverá el recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. 

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Autor

  • Liz Campos Rimachi

    Egresada de la carrera de Ciencias de la Comunicación en la Universidad Nacional de San Agustín, es periodista de investigación especializada en temas políticos y sociales, de educación, salud y controversias regionales.

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