El Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, que lleva el juicio oral contra Keiko Fujimori, por el delito de lavado de activos en el caso Cócteles, declaró fundado el pedido para excluirla del delito de obstrucción a la justicia como lo solicitó su defensa y otros coprocesados.
Como se informó, el Tribunal Constitucional (TC), mediante una sentencia, declaró fundado el recurso de amparo interpuesto por el abogado Arsenio Oré Guardia, a fin de que se le excluya del presunto delito de obstrucción a la justicia.
Es así, que la jueza, Juana Caballero García, quien preside el colegiado, dio a conocer la resolución del colegiado, declarando fundadas las peticiones hechas para que se les aplique el fallo del TC.
El fiscal José Domingo Pérez respondió que presentaría un recurso de reposición a lo dispuesto por el colegiado. Y luego de unos minutos de receso, dio a conocer los argumentos del mismo.
¿Qué alegó José Domingo Pérez para la reposición?
Pérez Gómez dijo que con la resolución judicial se afecta la legalidad, porque la sentencia del TC solamente tiene efectos al solicitante Arsenio Oré Guardia. “Es conocida la voluntad de quienes dieron la sentencia”. Refirió que uno de los magistrados del TC, César Ochoa, dijo que el caso es concreto para quien lo solicitó.
El fiscal dijo también que hay afectación al principio acusatorio, pero no lo afecta en relación de los otros afectados o coprocesados. También se afectó el principio de congruencia, dado que “la decisión ha alcanzado a tres acusados que no habían peticionado, se les aplique el fallo”. Ellos son, Mejía Lecca, Aurora Torrejón Rivas e Ytalo Pachas.
Pérez Gómez cuestionó al colegiado sobre si conocieron el alcance de la sentencia del TC y que debieron determinar el fundamento para aplicar la misma a cada acusado, lo que debe estar expresado, máxime que cada caso es distinto en el tiempo del proceso, explicó.
“El Ministerio Público se siente agraviado y, por tanto, solicitamos sea aprobado el recurso de reposición”, dijo el defensor de la ciudadanía.
La Procuraduría también formuló un recurso de reposición en el mismo sentido.
Decisión final del Tercer Juzgado Penal
La jueza Caballero García, en respuesta a la reposición planteada por el Ministerio Público, dijo que cuando el TC admite el habeas corpus es por el delito de obstrucción a la justicia, pero no en cuanto a lo referido a organización criminal.
La próxima audiencia será el 26 de agosto desde las 9 de la mañana, dejando cerrada la audiencia a las 12:54 h.
Como se sabe, los demás procesados por el caso Cócteles, que encabeza Keiko Fujimori, solicitaron que se aplique de manera inmediata la resolución emitida por el TC para que también se les anule los actos fiscales del Equipo Especial Lava Jato, respecto al presunto delito de obstrucción a la justicia.
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