Política

Sala Constitucional admite demanda de Dina Boluarte para anular su vacancia y fija día de audiencia

Poder Judicial tramita recurso de amparo de exmandataria para volver al cargo pero se resolvería después de las elecciones

Por Martha Valencia | 16 diciembre, 2025
La exmandataria Dina Boluarte logró que un Juzgado Constitucional del Poder Judicial le acepte su recurso de amparo en contra de la vacancia de la que fue objeto en octubre de este año.

La Primera Sala Constitucional del Poder Judicial en Lima, admitió a trámite la demanda de amparo que presentó la expresidenta Dina Boluarte para anular la vacancia por permanente incapacidad moral y ser repuesta en el cargo. Además, le programó una audiencia única para el 12 de marzo de 2026.

Boluarte Zegarra presentó la demanda contra el Congreso porque consideró que “se vulneraron sus derechos fundamentales durante el trámite de las mociones de vacancia en su contra. Las que se presentaron, admitieron y aprobaron en menos de 24 horas”.

Sin embargo, debido a los plazos y procedimiento especial que implica, por tratarse de una decisión del Congreso, su retorno a la presidencia es poco probable. La expresidenta es investigada por un sinfín de presuntos delitos cometidos en el cargo.

Iniciando el trámite, la sala judicial también dio un plazo de diez días hábiles al Congreso para que conteste la demanda. Esto, desde la notificación de la resolución. Luego, a partir del día de la audiencia, el 12 de marzo de 2026, la Sala Constitucional estará en la facultad de emitir la sentencia de primera instancia. Con esta, podría darle la razón o no a Boluarte.

¿Puede Dina Boluarte regresar realmente a la presidencia?

De ser favorable el fallo para Dina Boluarte, no podrá regresar a ser presidenta de la República. Incluso si pide la ejecución inmediata de la sentencia de primera instancia.

Esto, porque el Congreso modificó el Nuevo Código Procesal Constitucional para protegerse ante procesos de amparo por vulneración de derechos constitucionales. Así, desde la ley dada por este Parlamento, no procede medida cautelar. Ni ejecución inmediata de sentencia de primera instancia cuando se traten de demandas contra decisiones parlamentarias.

Así, ante un fallo que anule la vacancia de Boluarte, “recién se ejecutaría cuando lo disponga la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema”. Hay que considerar que, por la alta carga procesal, una apelación en la Suprema demora, en el mejor de los casos, un año.

Es decir, que para cuando resuelva en definitiva la demanda contra el Congreso, este ya habrá acabado el periodo constitucional 2021-2026 y su pretensión de volver se descartará.

Pide que se declare nula la “permanente incapacidad moral”

De acuerdo con el abogado de la exmandataria, en caso la Sala resuelva luego del referido periodo congresal, está pidiendo que se declare nula la declaración de “permanente incapacidad moral”. Porque según sostienen, esta calificación vulneraría el honor y buena reputación de la exmandataria.

“La demandante (Boluarte) ha sido afectada en su honor y buena reputación. Fue proyectada en todos los medios de comunicación nacionales (y en algunos medios internacionales) como una funcionaria vacada por la causal de permanente incapacidad moral. Sin haber determinado en qué consistía dicha imputación y sin haber permitido que ejerza su defensa”, reza la demanda.

Para la defensa de Boluarte Zegarra, no se ha “demostrado en ningún nivel de investigación” que la exmandataria haya cometido “actos altamente cuestionables que la hacen merecedora de la vacancia”.

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Martha Valencia

Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.