Declaración anual de renta: estos son los plazos, montos y descuentos que Sunat aprobó

Conoce el cronograma oficial de vencimientos para 2026, las multas por omisión y cómo acceder a beneficios por regularización voluntaria.

Por Andrés Sebastian Romero Ismodes | 21 marzo, 2026
Arequipa

La SUNAT oficializó el cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta e ITF correspondiente al ejercicio 2025. Esta campaña busca que más de 78 mil contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias de manera oportuna a través de sus plataformas digitales. La entidad habilitó formularios virtuales específicos para agilizar el proceso de declaración y pago desde los primeros meses del año 2026.

El calendario de cumplimiento se divide según el perfil del contribuyente y el último dígito de su RUC. Para las grandes empresas, las fechas límite inician el 26 de marzo y concluyen el 13 de abril. En contraste, las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPE) con ingresos hasta 1,700 UIT gozan de un plazo extendido. Este grupo deberá presentar su declaración entre el 27 de mayo y el 10 de junio de 2026, facilitando así su liquidez y organización administrativa.

Los ciudadanos que omitan la presentación dentro de los plazos establecidos enfrentarán sanciones económicas severas. La multa por no declarar a tiempo asciende a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que para el periodo de infracción se sitúa en S/ 5,500. Sin embargo, el sistema permite aplicar incentivos por regularización. Los contribuyentes pueden acceder a un descuento de hasta el 90% sobre el monto de la multa si subsanan la omisión y realizan el pago de forma voluntaria antes de cualquier requerimiento oficial.

Montos y formularios obligatorios

El uso de las herramientas digitales es obligatorio para procesar la información del periodo 2025. Las personas naturales deben emplear el Formulario Virtual N° 709, disponible desde el 31 de marzo, donde encontrarán datos precargados sobre sus rentas y gastos deducibles. Por su parte, las empresas del Régimen General o MYPE Tributario utilizarán el Formulario Virtual N° 710, activo desde el 2 de enero para facilitar la declaración de sus rentas de tercera categoría.

Deducciones y beneficios para el contribuyente

Los trabajadores en planilla e independientes tienen la posibilidad de reducir su carga impositiva mediante la deducción de gastos adicionales de hasta 3 UIT. Estos beneficios incluyen consumos en hoteles y restaurantes, servicios profesionales específicos y aportes a EsSalud por trabajadores del hogar. Validar estos comprobantes en el portal especializado de la SUNAT resulta fundamental para generar saldos a favor que deriven en una devolución de impuestos automática o gestionada.

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Andrés Sebastian Romero Ismodes

Egresado de la Escuela de Periodismo de la Universidad Nacional de San Agustín, le interesa la literatura, la fotografía y la crónica periodística