Un bloque de 45 docentes de la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP) oficializó su retiro del proceso electoral para la Asamblea Universitaria, tras denunciar una maniobra administrativa que modificó el reglamento de elecciones a mitad del camino. Según los denunciantes, el Consejo Universitario cambió las reglas de juego para permitir la postulación de directores y consejeros que, por norma y ética, tenían prohibido participar en la contienda.
La crisis estalló con la emisión de la Resolución N° 5088-CU-2026, del 3 de marzo, la cual suspendió los impedimentos del artículo 81 del Reglamento General de Elecciones. Esta modificación permitió que miembros de los Consejos de Facultad y directores de Departamento Académico se inscriban como candidatos, a pesar de que el proceso electoral ya había iniciado el pasado 8 de enero.
Cambio en vacaciones
De acuerdo con la documentación del caso, la «flexibilización» de las reglas se gestó durante el receso vacacional de febrero. La doctora Asela Ortega, personera de la lista «Nueva Asamblea Universitaria», denunció que el presidente del Comité Electoral Universitario (CEU), José Vilcapoma Chambergo, actuó de manera unilateral al solicitar la opinión legal para el cambio sin contar con el acuerdo del pleno de su comité.
«El presidente aprovechó que los docentes estábamos de vacaciones para hacer una consulta a asesoría legal ‘solito él’, vulnerando los artículos 12 y 13 del reglamento que exigen que toda decisión sea colegiada», sostuvo Ortega.
Tras obtener una opinión jurídica favorable, Vilcapoma gestionó ante el rectorado, el 20 de febrero, días antes del retorno de los docentes de sus vacaciones, para que sea aprobado en el Consejo Universitario.
Juez y parte
Los docentes renunciantes calificaron el hecho como un «traje a la medida» para las autoridades. Al habilitar a decanos y directores para integrar la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario habría creado un escenario de conflicto de intereses, donde los fiscalizados pasan a formar parte del órgano fiscalizador.
Además, los denunciantes señalan una contradicción, pues mientras la Resolución 5088 habilita a estos candidatos, el artículo 34 inciso c) del reglamento original, que prohíbe postular a dos cargos simultáneos, sigue vigente.
Rechaza nulidad
Este grupo de docentes presentó un recurso ante el rector interino, César Paul Ortiz Jahn, para que en Consejo Universitario sea debatida la nulidad de la Resolución 5088-CU-2026, con el argumento principal de la violación del Principio de Preclusión: en un proceso electoral, cada etapa es cerrada y firme; modificar los requisitos de postulación cuando el cronograma ya está en ejecución quiebra la igualdad de condiciones y la transparencia.
Sin embargo, la mayoría de los miembros del Consejo Universitario, presidido por el rector Ortiz Jahn, desestimó anular esta norma, en su última reunión del lunes 23 de marzo, pese a que uno de sus miembros advirtió lo equivocado de su contenido y la forma en que fue tramitada.
Por ejemplo, el recurso de reconsideración y nulidad argumenta que el pedido de flexibilización «ha sido realizado por el Presidente del Comité Electoral de forma personal y no bajo un acuerdo del pleno de sus integrantes», lo cual vulnera su autonomía y el carácter colegiado que exige el reglamento.
Pero el Consejo Universitario prefirió desatender los argumentos y tomar «como suyo un pedido que no tiene el respaldo del quórum reglamentario del Comité Electoral».
Este fue el pedido de nulidad rechazado por el Consejo Universitario.
Pedido de Nulidad de Resolución 5088-Cu-2026 by Huanca York Times
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