El Poder Judicial condenó al presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi a 9 meses de prisión suspendida tras hallarlo responsable del delito de difamación agravada contra Delia Espinoza, cuando ocupaba el cargo de Fiscal de la Nación.
Así lo decidió la jueza Norma Carbajal quien resolvió que Rospigliosi Capurro, utilizó frases difamatorias contra Delia Espinoza, cuando aún era fiscal de la nación y le impuso una reparación civil de S/200 mil.

Como se recuerda, la exfiscal de la Nación Delia Espinoza denunció a Rospigliosi pr el mensaje que publicó en la red social X, el 7 de julio de 2025, en el que vinculó a la exfiscal con el terrorismo tras haber mantenido reuniones con familiares de las víctimas de las protestas de diciembre de 2022 y el inicio de 2023.
“La aliada del terrorismo y de las economías ilegales, Delia Espinoza, se ufana de la ilegal persecución contra policías y militares que impidieron que hordas violentas repusieran en el gobierno al golpista Pedro Castillo, que pretendía implantar una dictadura comunista. Esa persecución debe terminar y los delincuentes y sus aliados ir a prisión”, escribió.
Espinoza exhortó a Rospigliosi a rectificarse al no hacerlo, lo denunció
Espinoza Valenzuela el 10 de julio de 2025, le remitió una carta notarial a Rospigliosi solicitando una rectificación en un plazo de 24 horas. Pero al no haber respuesta, el congresista reiteró sus afirmaciones y sostuvo: “Esa es mi opinión, ese es mi análisis, lo ha sido desde hace mucho tiempo y lo reitero ahora. No tengo por qué retractarme, por supuesto”.
La exfiscal exigía que al congresista fujimorista se le condene a 2 años y 4 meses de prisión por llamarla “aliada del terrorismo y de las economías ilegales” sin prueba alguna. Y solicitó además, una reparación civil de un millón de soles, monto que donaría en su totalidad al Hospital de Neoplásicas.
Así, la denuncia de Espinoza Valenzuela fue admitida por la jueza Carbajal Chávez quien en su fallo dijo: «condenar a Fernando Miguel Rospigliosi Capurro como autor del delito contra el honor en las modalidades de difamación agravada, previsto y sancionado en el párrafo 3 del artículo 132 del Código Penal, en agravio de Delia Milagros Espinoza Valenzuela”, indicó la magistrada.
Además remarcó, “imponer al sentenciado […] 9 meses de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución».

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