El Poder Judicial impuso una multa de 2,675 soles a cada integrante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por incumplir la orden del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima de inscribir al partido Unidad Popular de Duberlí Rodríguez para que participe en las Elecciones 2026.
Cada uno de los miembros del Pleno del JNE deberá pagar 5 Unidades de Referencia Procesal-URP y tendrá que enfrentar una posible investigación fiscal, toda vez que el Poder Judicial habría remitido ya, lo actuado, al Ministerio Público para que proceda en cuanto al desacato del JNE a la orden judicial.

Como se informó, el Tercer Juzgado Constitucional había advertido al JNE que se ordenarían sanciones por desobediencia y hasta una posible destitución del director del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones.
Con una resolución emitida este miércoles 27 de agosto, por el juez John Javier Paredes Salas se informó de la sanción al JNE. “La medida se da en respuesta a la acción de amparo presentada por Rodríguez, luego de que el JNE se negara a ejecutar un mandato judicial del 31 de julio que ordenaba reconocer la inscripción provisional del partido para participar de las Elecciones Generales 2026”, explicaron.
Enviaron lo actuado al MP para que proceda según sus atribuciones
De acuerdo con el expediente, se dispone “imponer una multa de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) a Roberto Burneo Bermejo, Martha Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Rúben Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli. Así como una multa similar al director nacional del ROP, Felipe Paredes San Román”, se lee.
La sanción se da por incumplir con la inscripción de Unidad Popular, según la Resolución N°1 y por haber hecho caso omiso a cumplir la misma en el plazo de dos días hábiles, según la Resolución N° 2.
Se ha dispuesto también, remitir copias de los actuados al Ministerio Público para que este actúe conforme a sus atribuciones, respecto a los funcionarios antes mencionados.
Asimismo, el Poder Judicial vuelve a ordenar a los miembros del JNE en un nuevo plazo de dos días, cumplir con la orden de la Resolución N°1, y de volver a desobedecer, se enfrentarían a una nueva multa individual y progresiva de 5URP. Esto también para el presidente del ROP, a quien además se le iniciaría un proceso disciplinario que podría terminar en su destitución.
¿Qué hizo el JNE?
Como se informó, el JNE apeló la segunda Resolución que ratificaba la orden de inscripción con la advertencia de las sanciones económicas y disciplinarias respectivas y el inicio de un proceso de investigación en la Fiscalía de la Nación.
El JNE alegaba que, “cumplir la orden judicial afectaba el cronograma electoral y ponía en riesgo la igualdad en las elecciones de 2026. El 2 de agosto declaró que la sentencia era inejecutable y presentó una apelación formal días después”.
Y según Jorge Valdivia, coordinador legal del JNE, la sentencia se encuentra ahora en revisión por una sala constitucional por lo que cualquier decisión judicial puede ser recurrida o apelada.
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