El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima decidió suspender a Patricia Benavides como abogada, porque habría intervenido indirectamente en una investigación contra su hermana Emma Benavides, cuando ocupaba el cargo de fiscal de la Nación. La medida es por seis meses.
Con este proceder, Benavides Vargas habría incumplido principios éticos al presuntamente intervenir en la investigación a su hermana, separando a la fiscal que llevaba el caso, Bersabeth Revilla cuando era la titular del Ministerio Público.
De acuerdo con la resolución emitida por el Consejo de Ética del CAL, fue la ciudadana Martha Cuentas Anci, directora ejecutiva de Fomento de la Vida (FOVIDA) e integrante del Grupo de Trabajo contra la Corrupción, quien dio cuenta de la falta. Argumentó que cuando Benavides postuló al cargo de fiscal de la Nación declaró ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que no tendría injerencia alguna en procesos donde estuviera comprometido un familiar.
Sin embargo, “una vez asumido el cargo, Benavides dispuso el cese de Bersabeth Revilla como fiscal suprema provisional, la misma que investigaba a su hermana por presuntos delitos de cohecho y organización criminal”, dice la resolución.
El Consejo de Ética consideró esta acción de Benavides como una conducta que vulneraría diversos artículos del Código de Ética del Abogado, entre ellos, “los principios de probidad, transparencia, veracidad y buena fe, calificándola como una falta ética grave”.
CAL no consideró otras quejas contra Patricia Benavides
El Colegio de Abogados desestimó otras quejas que también presentó Martha Cuentas contra Patricia Benavides. Entre ellas, el haber aceptado una condecoración pública otorgada por el exalcalde de Lima, Rafael López Aliaga. Al respecto, el colegio profesional “no acredita una relación procesal directa entre López Aliaga y Benavides”.
La otra queja fue, la presunta falta de transparencia por no exhibir sus tesis de maestría y doctorado. Para el Consejo de Ética, “no existe obligación legal de registro en la fecha en que fueron sustentadas”.
Sobre la acusación contra Benavides Vargas de liderar una organización criminal, el CAL sostiene que “no existe sentencia firme ni pruebas suficientes. Esto, aplicándose el principio de presunción de inocencia».
La resolución de sanción puede ser impugnada por Patricia Benavides dentro de los cinco días hábiles.

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