JEE deja fuera de carrera a 19 candidatos al Congreso por Arequipa

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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa ha declarado improcedentes 3 listas al Congreso de la República y a una integrante de una lista. Los candidatos al Parlamento de los partidos políticos “Perú Libertario”, “Progresando Perú”, “El Frente Amplio”, y la candidata de “Acción Popular”, María Elena Guillén Núñez, quedaron fuera de la carrera electoral debido a serias faltas a la normas electorales al momento de sus inscripciones.

La entidad electoral declaró resueltas las observaciones a la inscripción de los partidos políticos “Fuerza Popular”, “Alianza Electoral Solidaridad Nacional – UPP”, “Perú Posible”, y “Peruanos Por El Kambio”, luego que pasaran la etapa de trámites y el periodo de impugnación, resolviendo las observaciones en el caso de los que fueron declarados inadmisibles.

Las listas congresales que fueron declaradas inadmisibles y ya presentaron las respectivas subsanaciones,  aun esperan la resolución del JEE, en este escenario se encuentran los partidos políticos “Partido Nacionalista Peruano”, y “Todos Por El Perú”; mientras los partidos políticos que han sido declarados inadmisibles y hasta el momento no han presentado las respectiva subsanaciones para continuar con el proceso de inscripción son “Perú Patria Segura”, y “Frente Esperanza”.

Un caso especial es de “Progresando Perú”, que ha apelado la calificación de toda la lista congresal de improcedente por falta de legitimidad para obrar, luego que sea desestimada la apelación del personero legal Eduardo Pimentel Mauriccial en el Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa, el partido político ha elevado la apelación al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de quien depende si decide que los candidatos vuelvan a  la carrera electoral o terminen siendo desestimados de forma definitiva.

En el caso particular de María Elena Guillén, ex presidenta de Conrede y ex decana del Colegio Químico Farmacéutico, fue la única candidata declarada improcedente en “Acción Popular”, según la resolución del JEE porque “la designación directa efectuada por el partido político Acción Popular, fue realizada de acuerdo al reglamento electoral y a su Directiva N° 001-2016-CNE/AP, pero en clara discrepancia con el estatuto, el cual solo permite que sea efectuada por el Plenario Nacional”.

 

Autor

  • Semanario El Búho

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