
Frase
“Uno de los grandes problemas que tenemos son las partidas presupuestales en Salud y Educación. Siempre decimos que la nueva generación que viene debe ser sana. Pero si no tenemos bien al sector Salud, como puede trabajar un joven, un niño. En la Educación también tenemos que pensar. (…) Lo que queremos es dar el presupuesto correspondiente a los sectores que hoy en día se ven más necesitados. Salud y Educación”.
Autor
Víctor Hugo Rivera, candidato a congresista por Vamos Perú
Lugar y fecha
Arequipa, 6 de enero del 2020
Durante una entrevista para redes sociales, el candidato al Congreso por Vamos Perú, Víctor Hugo Rivera, expresó su malestar por la situación del sector Salud y Educación. Ambos, sin presupuesto suficiente para atender correctamente las necesidades de la población. En ese marco, habló de incrementar los fondos para ambos rubros. “Lo que queremos es dar el presupuesto correspondiente a los sectores que hoy en día se ven más necesitados. Salud y Educación”, señaló. Sin embargo, se trata de un ofrecimiento Engañoso.
Las partidas presupuestales, para todos los sectores y niveles de gobierno, se definen todos los años mediante la ley anual de presupuesto. Se trata de una norma que recoge los requerimientos y compromisos económicos de los componentes del Estado Peruano. Empero, aunque su aprobación es una atribución legislativa, su elaboración no corresponde a los congresistas.
La ley anual de presupuesto es creada por el Presidente de la República. Así lo señalan los artículos 77 y 78 de la Constitución. El mandatario la elabora y envía al Congreso, para que decida su aprobación.
Promesa de Víctor Hugo Rivera no tiene piso
Contrario a lo que ofrece Víctor Hugo Rivera, la función del congresista respecto a la ley anual de presupuesto solo se limita a la de un semáforo. Aprueba o rechaza el proyecto. No tiene ningún tipo de injerencia en su modificación. El artículo 79 de la Constitución estipula que “los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto”.
Se trata de un aspecto sobre el que ningún congresista tiene control. Desde la Constitución de 1979, los legisladores no tienen ninguna iniciativa de gasto público, a excepción la relacionada al parlamento mismo. Incluso el mismo reglamento del Congreso recoge esta prohibición. Según consta en el artículo 76 del referido texto, solo al Presidente de la República le corresponde la iniciativa legislativa en materia presupuestal y financiera.
Al respecto, el exmagistrado del TC, César Landa, recalcó que cualquier modificación o aumento del presupuesto no corresponde a los congresistas. «La ley de presupuesto la prepara el ejecutivo y la aprueba o rechaza el parlamento. Ahora, si se va a modificar el presupuesto aprobado, esto es competencia de quién administra el presupuesto, es decir del Ejecutivo y no del Congreso. Esto asegura el respeto del principio de estabilidad presupuestal, pues tiene que haber razones técnicas para elaborar un presupuesto», declaró a Perú 21.
Si bien es cierto muchos hacen esa promesa y desde el Congreso realizan incidencia o cabildeo en los ministerios acompañando a los alcaldes o autoridades regionales para solicitar aumentos de presupuesto o aprobación de proyectos; la competencia sigue siendo exclusivamente del Ejecutivo.
Conclusión
En conclusión, la propuesta del candidato por Arequipa, Víctor Hugo Rivera, de dar más presupuesto a Salud y Educación, es Engañosa. La Constitución y el Reglamento del Congreso establecen que a los congresistas no les corresponde definir o modificar el gasto público o partidas presupuestales, aunque nada les impide hablar al respecto.
Ave de Presa es el segmento de El Búho donde se verifica el discurso de políticos, candidatos y autoridades.
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