Buenas noticias para las medianas y micro empresas peruanas que se dedican al turismo. El gobierno aprobó la FAE-Turismo (Fondo de Apoyo Empresarial), un financiamiento de capital a las medianas y pequeñas empresas del rubro. A través del Decreto de Urgencia Nº 076-2020, se otorgará créditos para capital de trabajo, con el objetivo de que las mypes puedan recuperar el flujo de sus operaciones habituales, seriamente afectadas por la pandemia.

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Las medianas, pequeñas y micro empresas que se dedican al hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo serán beneficiadas con el préstamo. Así también, están incluidos restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, y producción y comercialización de artesanías.
Para este fondo se han destinado 500 millones de soles. El monto ya ha sido transferido al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. El FAE-Turismo puede otorgar garantías por hasta tres veces los recursos disponibles.
Garantías de los créditos
El decreto establece que la garantía que otorga el FAE-Turismo cubre como máximo el monto equivalente a tres veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE. También se puede considerar el monto equivalente a cuatro meses el nivel de venta promedio del año 2019, según los registros de SUNAT. El límite de la garantía individual que otorga el FAE-Turismo es para los créditos destinados únicamente a capital de trabajo de las MYPE.
Esta garantía otorgada a través de COFIDE a las ESF y COOPAC, se aplica de acuerdo con los siguientes porcentajes de cobertura de la cartera por deudor:

Esta garantía se activa a los noventa días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los treinta días calendario. Mientras que el financiamiento de COFIDE a las ESF y COOPAC es hasta por el 100 % del requerimiento aprobado para dichas entidades.
¿Cuáles son los requisitos?
Se priorizará a las Mypes, aquellas que se encuentren clasificadas así en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020; y en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). En caso de no contar con clasificación a esa fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
Quienes no podrán acceder son las empresas que se encuentren vinculadas a las ESF y a las COOPAC otorgantes del crédito. Tampoco aquellas que estén vinculadas a casos de corrupción y delitos conexos. Empresas que ya han accedido al programa Reactiva Perú o al Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE tampoco podrán acceder al crédito.
Finalmente, tampoco podrán acceder aquellas empresas que se encuentren inhabilitadas por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
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