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Comisión de Constitución propone archivar proyecto para convocar asamblea constituyente

Grupo de trabajo sesionará este viernes 6 de mayo, a las 8:00 horas, para someter a votación predictamen de archivo del proyecto del Ejecutivo

Por Martha Valencia | 5 mayo, 2022
Comisión de Constitución del Congreso someterá a votación predictamen de archivo del proyecto del Ejecutivo.

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso que preside la fujimorista, Patricia Juárez, dio a conocer que ya elaboró un predictamen donde recomienda archivar la iniciativa del Gobierno para realizar un referéndum con el fin de cambiar la Constitución.

Asimismo, envió una comunicación señalando que dicho grupo de trabajo sesionará este viernes 6 de mayo, a las 8 de la mañana. «Para someter a votación el archivo del proyecto para convocar una Asamblea Constituyente» y trabajar también sobre otras propuestas.

Según se dio a conocer, la Comisión de Constitución del Congreso de la República, propone archivar el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo. Para convocar a una asamblea constituyente con el fin de cambiar la actual Constitución Política del Perú.

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Que Congreso cumpla con función constituyente

De acuerdo al decreto de archivo 02-2021-2022-CCR-CR, el grupo de trabajo, buscará rechazar la propuesta del Gobierno. El mismo que proponía agregar la opción de un referéndum a nivel nacional en las próximas elecciones regionales y municipales 2022.

De acuerdo a la Comisión, el proyecto de ley anunciado y enviado por el presidente Pedro Castillo, al Congreso, pretendería “crear una vía paralela o adicional a la ya existente para viabilizar una reforma total de la Constitución Política a través de una asamblea constituyente; que, cabe resaltar, el poder constituyente no quiso regular”.

De acuerdo al predictamen, en el que está la sustentación de la recomendación a archivo y al que tuvo acceso La República, la comisión señala que la actual carta magna resalta que el poder constituyente “es libre y soberano”. Por lo que “voluntariamente” se busca “estatuir su propia limitación, al no regular que una asamblea constituyente pueda realizar una reforma total de la Constitución”.

“Sino que sea el mismo Congreso de la República, poder constituido, quien pueda cumplir con la función constituyente. Asociado, claro está, a la presencia de determinados límites en su ejercicio; explícitos e implícitos”, se lee en el documento.

Artículo 206 de Constitución no puede alterar el Parlamento

Resaltan que el artículo 206 de la Constitución, “es una cláusula de intangibilidad que representa la única regla democrática para la modificación de su obra; y que, por tanto, no puede alterar el Congreso de la República, toda vez que este es un poder constituido limitado a respetar la voluntad del poder constituyente”.

El grupo de trabajo puntualiza que “toda vez que si osara distorsionar el marco de las atribuciones que le ha conferido la Constitución, estaría desconociendo la voluntad del poder creador e invadiendo competencias que, por principio, se encuentran totalmente vedadas”.

Finalmente, se determina que al proponer el proyecto de ley 1840/2021-PE se quiebra una cláusula de intangibilidad proscrito en la Constitución por lo que la Comisión de Constitución señala que “puede rechazar de plano aquellas proposiciones incompatibles con la Constitución Política, o por ser copia de otros proyectos entre otras causales, decreta su archivamiento de plano, por ser contrario a los principios y valores constitucionales establecidos”.

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Martha Valencia

Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.