El reciente Decreto Supremo asegura que se aplicarán medidas sobre embarcaciones extranjeras que desactiven su posicionamiento satelital por más de cuatro horas al transitar por el mar peruano. También, a las que se les encuentre otros indicios de ilegalidad. La norma señala es que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) el ente que deberá remitir el diagrama de desplazamiento de esos navíos.
Una de las amonestaciones que se impondrá a las embarcaciones infractoras de lo estipulado en la nueva norma es que PRODUCE comunicará los hechos a los organismos internacionales. Esto para que esas flotas sean incorporadas en los listados de embarcaciones que realizan pesca ilegal no declarada y no reglamentada. Esa medida no afectará la imposición de sanciones administrativas del caso específico.
“Cuando se verifique que las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera […], no se encuentran autorizadas […], o se cuente con indicios razonables de apoyo en actividades de pesca ilegal no declarada y no reglamentada, el Ministerio de la Producción comunica dichos hechos a los respectivos organismos internacionales a efectos de ser incorporadas en los listados de embarcaciones que realizan pesca ilegal no declarada y no reglamentada, sin perjuicio de las sanciones administrativas”,
Denuncian que embarcaciones chinas desactivarían dispositivo satelital SISESAT
Las denuncias sobre actividad irregular de barcos chinos en las costas peruanas no son recientes. El año pasado, justo desde enero hasta septiembre de 2023, expertos alertaron que al menos 75 embarcaciones chinas ingresaron a puertos peruanos sin el dispositivo satelital que Perú exige. Los agentes marítimos de los navíos extranjeros aseguraron supuestos arribos forzosos, para cambios de tripulación o renovar documentos.
El Decreto Supremo contra la pesca ilegal, publicado el 25 de septiembre, luego de protestas y denuncias de pescadores peruanos alertando sobre embarcaciones chinas presuntamente depredando en el mar peruano, también establece algunas condiciones para el arribo de embarcaciones de bandera extranjera a puertos nacionales.
Entre las condiciones que deberá cumplir la flota extranjera en puertos peruanos está que dicha embarcación no figure en lista de pesca ilegal. Esos listados son manejados entre los Organismos Regionales de Ordenación Pesquera. También señala que se podrá denegar el arribo si no tienen operativo el equipo del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT). Con este dispositivo se verificaría el posicionamiento satelital (track) de los últimos seis meses anteriores a su solicitud de ingreso. Sin embargo, quedarían eximidos aquellos barcos extranjeros que cuenten con la homologación del SISESAT con el Sistema de Monitoreo de Embarcaciones (VMS).
Se aplicarán excepciones para no impedir el zarpe de embarcaciones extranjeras que hayan arribado a Perú forzosamente por cuestiones de salud o seguridad. El decreto cuenta con la firma de Dina Boluarte, Sergio González y otros integrantes del Ejecutivo.
Síguenos también en nuestras redes sociales:
Búscanos en Facebook, Twitter, Instagram y además en YouTube. Únete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.
Mira este video recomendado: