La Fiscalía dispuso el archivo de la denuncia “precisando que la presente tiene calidad de cosa decidid”. La Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada determinó que no procede iniciar diligencias preliminares contra el capitán PNP Junior Izquierdo. Esto después que el ministro Juan José Santivañez presentará una denuncia contra el policía por, supuestamente, ser parte de una organización criminal.
Según Santivañez esta organización estaría “enquistada dentro de la Policía y el Ministerio Público”. Sin embargo, al no constituirse como “cosa juzgada sino cosa decidida”, la denuncia “tiene abierta la posibilidad de ser reabierta”. Esto sucedería en caso de presentarse “nuevos elementos probatorios no conocidos con anterioridad”. Sin embargo, según RPP, la defensa del ministro del Interior apeló la resolución
Como se recuerda, el titular del MININTER, Juan José Santiváñez, denunció ante dicha fiscalía “la presunta existencia de una organización criminal enquistada […] dentro de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público que tendría como finalidad la desestabilización del gobierno”.
Santivañez asegura que hay una red para crear una “narrativa” contra el Gobierno
Según la denuncia de Santivañez, la organización que él sindica operaría para “crear la falsa narrativa de que altos funcionarios del Estado, bajo órdenes de la presidenta (…), estarían realizando actos de obstrucción de justicia, a fin de favorecer a particulares”.
El ministro del Interior incluso señala que “habrían falsificado audios, documentos y brindado falso testimonio en el marco de investigaciones penales irregulares”. Además, Santivañez implicaría a “abogados” de los policías a los que apunta pues serían el “brazo legal” de la presunta organización criminal. El supuse operandi de los juristas sería brindar “declaraciones y entrevistas ante la prensa con la finalidad de promover” su “narrativa”.
La Fiscalía contra la Criminalidad Organizada determinó que la denuncia “no cumpliría” con el “primer elemento obligatorio” de la estructura de una organización criminal, que sería el “elemento personal”. Esto se debería a que la medida interpuesta por Juan José Santivañez solo identifica a Junior Izquierdo. Además que el denunciante “no ha presentado ningún elemento de convicción sobre sus aseveraciones”.
El Ministerio Público también aclara que la denuncia hecha por Juan José Santivañez no cumple con el “elemento temporal” que debe tener la estructura de una organización criminal. En esta sección, la fiscalía a cargo precisa que “de forma escueta se señala que esta información obra en medios, y que esto se habría suscitado desde el mes de junio”. Esa sería la fecha en la que “se habrían (…) empezado a filtrar los audios falsos al público”.
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