En contra de la oposición y advertencias del Ministerio Público, Poder Judicial y el Ejecutivo, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen que modifica la ley de extinción de dominio.
Esta nueva contrarreforma modifica el Decreto Legislativo sobre extinción de dominio en dos cosas: exige ahora una sentencia penal firme como requisito para la incautación de bienes y elimina la obligación del investigado de demostrar la legalidad de sus bienes al iniciarse una investigación fiscal.
La mayoría de votos fueron de Fuerza Popular (12), Podemos (7), Perú Libre (6), Somos Perú (5), Alianza Para el Progreso (4) y Acción Popular (3), entre otros, se logró los 42 votos a favor. Votaron en contra 25 y se abstuvieron 10 congresistas.
Dictamen dice que “perfecciona” la ley anterior
El dictamen habla de “perfeccionar” el proceso de extinción de dominio, sin embargo, la norma decía que en los procesos de extinción de dominio, el poseedor debía probar la legalidad del bien, pero ahora, ya no hay tal exigencia.
Igualmente, la iniciativa excluye los delitos de corrupción, lavado de activos y crimen organizado del ámbito de aplicación de esta norma, lo que beneficiaría a políticos investigados como Vladimir Cerrón, Orellana, Fredy Hinojosa, entre otros.
El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana de Alianza Para el Progreso, en el debate propuso una cuestión previa para que el proyecto regrese a su comisión y fuera “analizado con mayor cautela”. Pero su solicitud fue rechazada.
Sigrid Bazán, congresista del Bloque Democrático Popular, a su vez, aseguró al Pleno que la medida generaría un daño contra el Estado: «Que el Estado renuncie a su capacidad de perseguir estos bienes de origen ilícito de otras materias sería un gravísimo retroceso (…)», advirtió.
Poder Judicial y Fiscalía se opusieron a cambios
El Ministerio Público advirtió que esta aprobación en segunda votación, modificando la ley de extinción de dominio “podría generar consecuencias preocupantes”. Entre estos, la posibilidad de que personas involucradas en actos de corrupción “conserven bienes obtenidos de manera ilegal, así como una menor capacidad del Estado para recuperar estos activos”.
También tendría un impacto negativo en la economía nacional y desalentaría las inversiones en el país, porque se contribuye a un clima de impunidad frente a delitos graves.
En tanto, el Poder Judicial rechazó esta reforma porque los cambios que supone, vulneran compromisos asumidos por el Perú en la lucha contra el crimen organizado a nivel internacional.
Consideran que las modificaciones carecen de rigor técnico y podrían debilitar una herramienta clave contra actividades delictivas como la corrupción, el lavado de dinero y el narcotráfico.
Antes de esta contrarreforma hubiera bastado que el fiscal presente indicios de origen ilícito para proceder a la incautación de bienes, pero ahora solo procederá si hay sentencia penal firme, y establece una prescripción de cinco años, lo que permitiría ocultar bienes de procedencia ilegal gracias al paso del tiempo.
Síguenos también en nuestras redes sociales:
Búscanos en Facebook, Twitter, Instagram y además en YouTube. Únete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.