Asociaciones alertan sobre proyecto de Alejandro Muñante que silenciaría denuncias de violencia familiar. Pese a normativa que sanciona denuncias calumniosas, al subregistro de violencia y al débil acceso a la justicia, el congresista propone más barreras para víctimas.
El colectivo “Mujeres Cuidadoras” alerta sobre Proyecto de Ley N° 11561/2024-CR del congresista Alejandro Muñante de Renovación Popular que en el título busca sancionar las «denuncias falsas» en procesos de violencia familiar. Sin embargo, la propuesta serviría para bloquear las denuncias de potenciales víctimas, silenciarla y que desestimen acciones legales y de protección a sus vidas e hijos, ante sus agresores.
La asociación que hace la alerta legislativa explica el contexto real sobre las denuncias de violencia en el entorno familiar, que ciertamente son interpuestas en la mayoría de caso contra agresores que resultan ser hombres.
Según cifras del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), solo entre enero y mayo de 2025 se registraron 65 casos de feminicidio. La cifra está haciendo carrera para superar al lamentable saldo del año pasado que cerró con uno de los casos más dolorosos, el de Sheyla Condor, presuntamente a manos de un policía con el que fue vinculada.
La madre de la víctima denunció su desaparición y señaló a Darwin Condori como principal sospechoso. Precisamente, los colegas policías del presunto feminicida, omitieron el registro asegurando a la señora que podría recibir una denuncia por incurrir en posible difamación.
También en el periodo enero a mayo de 2025, en Los Centros Emergencia Mujer (CEM) se atendieron más de 60 mil casos de violencia contras las mujeres. Estos incluyen más de 5500 casos de violación sexual y otros 117 de tentativa de feminicidio.
Más aún, la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) 2023 revela que muchos casos no se denuncian: solo una de cada tres mujeres que sufrió violencia física por parte de su esposo o compañero busca ayuda en alguna institución.
Proyecto Muñante se sustenta en la falacia de equiparar «Caso Archivado» con «Denuncia Falsa»
Estas cifras demuestran que la violencia es un problema endémico y letal, no una invención para obtener ventajas procesales. El problema central no es la falsedad de las denuncias, sino la epidemia de violencia, el silencio, el masivo subregistro de casos y la impunidad de los agresores.
“La propuesta legislativa ignora y minimiza la grave y sistemática crisis de violencia de género en el Perú”, explica el colectivo Mujeres Cuidadoras. Asimismo, remarca en que el proyecto de ley confunde entre denuncia infundada y denuncia falsa:
• Denuncia Falsa: Es un delito que implica que la persona denuncie a sabiendas de que los hechos no ocurrieron y con la intención de dañar. Es un acto doloso.
• Denuncia Infundada: Es aquella que, aunque presentada de buena fe, no logra ser probada en el proceso penal.
Usar el número de sentencias absolutorias o casos archivados como «prueba» de la existencia de denuncias falsas es un argumento falaz que culpa a las víctimas por las deficiencias del sistema, enfatiza la asociación Mujeres Cuidadoras.
Las leyes peruanas ya sancionan las denuncias falsas
El ordenamiento jurídico peruano ya cuenta con mecanismos para sancionar la interposición de denuncias maliciosas:
• Delito de Denuncia Calumniosa: Sanciona a quien, a sabiendas, atribuye falsamente un delito a otra persona ante la autoridad competente.
• Delitos contra el Honor (Difamación, Calumnia, Injuria): Estos tipos penales protegen la reputación de las personas frente a imputaciones falsas.
El Proyecto Muñante busca incorporar el artículo 402-A al Código Penal para sancionar con 3 a 6 años de cárcel a quien formule «denuncias falsas» en casos de violencia familiar. También se incluye no solo a las posibles víctimas denunciantes, sino también a profesionales que colaboren con pruebas que puedan determinarse como falsas.
Esto no crea un nuevo tipo penal, sino que constituye un agravante del ya existente delito de denuncia calumniosa (Art. 402), cuya pena máxima actual es de 3 años. También modifica la Ley N° 30364 para reafirmar la responsabilidad penal, incluso si la denunciante «se retracta o guarda silencio».
La iniciativa de autoría de Alejandro Muñante está firmada por Esdras Medina Minaya, Patricia Chirinos, Jackeline Jauregui, Miguel Ciccia, Noelia Herrera Medina, Norma Yarrow, Jorge Zevallos, y Cheryl Trigoso. La mayoría son de Renovación Popular.
Colectivo asegura que el Proyecto Muñante alimentaría la impunidad y el subregistro de violencia
El colectivo Mujeres CUidadoras piden fortalecer la Justicia y no perseguir a las víctimas. Remarcan en que lo planteado por el Proyecto de Ley 11561-24, al promover el silencio y la impunidad, sería un retroceso en el combate a la lamentable epidemia de violencia de género que tenemos en el país.
“Es muy relevante procurar la celeridad y rigurosidad de los procesos judiciales de casos de violencia. Ello requiere liderazgo en la Policía Nacional, el Poder Judicial y el Ministerio Público, así como seguimiento y alerta desde el Ministerio de la Mujer. Se plantea que cree un Observatorio de Casos de Feminicidio que realice seguimiento a los procesos judiciales, haga pública la información sobre el estado de cada caso, así como alerte sobre cuellos de botella y demoras injustificadas”, sostiene la alerta legislativa del colectivo Mujeres Cuidadoras contra el Proyecto Muñante.
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