
Conforme a un documento de fecha viernes 17 de octubre de 2025 y firmado por María Teresa Cabrera Vega, miembro titular de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), se dispuso “recabar información judicial y administrativa para ejecutar la reposición de Delia Espinoza como fiscal de la Nación”, ordenada por el Poder Judicial.
La JNJ comenzó así el proceso de restitución de la fiscal suprema Delia Espinoza, cumpliendo la medida judicial que ordenó su reposición como titular del Ministerio Público tras haber sido suspendida.
El documento fue emitido como respuesta al escrito que presentó Espinoza Valenzuela, solicitando “el cumplimiento inmediato del mandato judicial”.
“Recábense los documentos (…) y ofíciese a la Procuraduría Pública de la Junta Nacional de Justicia a fin de que precise la fecha, hora exacta y modo en que se produjo la notificación de la resolución judicial”, refiere el decreto.
Notificación electrónica amplía el plazo de ejecución
e acuerdo con lo que explicaron desde la JNJ, este proceder, es conforme con la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Constitucional que establece que, “cuando una notificación se realiza de manera electrónica, el plazo de cumplimiento no empieza a contarse inmediatamente, sino dos días después de recibida”.
Esto hizo que se amplíe el plazo de ejecución del mandato judicial a siete días hábiles, y no cinco como decía en la resolución del Poder Judicial enviada el pasado lunes 13 de octubre.
Como se recuerda, fue en esa fecha que el Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la medida cautelar innovativa que presentó Delia Espinoza contra la suspensión impuesta por la JNJ.
La resolución del tribunal ordenó la reposición de Delia Espinoza en el cargo de fiscal suprema y fiscal de la Nación en un plazo máximo de cinco días, tras considerar que “la sanción vulneró sus derechos constitucionales”.
Es así que en un par de días más, Espinoza Valenzuela estaría retornando al Ministerio Público, tras las verificaciones y formalidades requeridas ya realizadas.

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