Un informe oficial emitido por el Órgano de Control Institucional reveló que la Sociedad de Beneficencia de Arequipa mantiene sin recuperar una suma que supera el millón setecientos mil soles, luego de haber ejecutado el desalojo de una inquilina morosa. El documento, correspondiente a la orientación de oficio N° 010-2026-OCI/0483-SOO, abarca el periodo comprendido entre el 20 de mayo de 2022 y el 16 de abril de 2026.
Según el informe de la Contraloría, el monto total adeudado por la exarrendataria asciende a S/ 1,702,881.43. Esta cifra incluye rentas no pagadas, moras, penalidades y arbitrios municipales por S/ 1,773.89. El inmueble involucrado es el ubicado en el Portal San Agustín N° 105, segundo piso, en el centro de la ciudad de Arequipa.
La entidad fiscalizadora detalló que, luego del desalojo materializado el 20 de mayo de 2022, transcurrieron tres años, diez meses y 27 días sin que la Beneficencia Arequipa iniciara acciones concretas para el recupero de la deuda. El cálculo parte del día siguiente al lanzamiento hasta la fecha en que se remitió la información al Órgano de Control.
Respuesta de la Gerencia Legal en Arequipa
Ante un requerimiento del organismo de control, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Beneficencia Arequipa señaló, mediante oficio del 16 de abril de 2026, que su actual gerente asumió funciones recién el 17 de setiembre de 2024. Indicaron que se realizó un corte de información y se revisó el archivo físico de expedientes judiciales.
Como resultado de esa verificación, la dependencia legal tomó conocimiento de la situación vigente del predio y de los conceptos pendientes de abono. En consecuencia, dispusieron una evaluación integral del caso para iniciar las acciones legales correspondientes, incluyendo la identificación de garantes o fiadores.
El marco normativo citado por la Contraloría incluye el Decreto Legislativo N° 1411, que establece que las Sociedades de Beneficencia administran sus bienes conforme a la ley. También se mencionan los artículos 190 y 288 de la Ley General de Sociedades, que regulan la responsabilidad de los gerentes por negligencia grave. Complementariamente, el manual de perfiles de la entidad asigna a la Gerencia Jurídica la defensa de los intereses institucionales.
Plazo perentorio para acciones
El servicio de control simultáneo concluyó que existe una situación adversa que afecta la continuidad del proceso administrativo de bienes inmuebles de la Beneficencia de Arequipa. La recomendación principal es que la titular de la entidad conozca el informe y adopte medidas preventivas y correctivas.
El Órgano de Control Institucional otorgó un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la notificación del documento, para que la Presidencia del Directorio comunique las acciones emprendidas o por emprender. Deberá adjuntarse la documentación de respaldo correspondiente. El oficio fue suscrito por el jefe del OCI, Howard Gregory Morales Pacheco, con fecha 22 de abril de 2026.

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