El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció mediante resolución de este 12 de marzo que, “los partidos políticos superarán la valla electoral en las Elecciones 2026 del 12 de abril siempre y cuando obtengan como mínimo el 5% de los votos válidos a nivel nacional tanto en el Senado como para la Cámara de Diputados”.
El máximo órgano electoral determinó que a ese requisito debe sumarse el haber alcanzado el 5% del número legal de escaños de cada entidad, es decir, tres integrantes para senadores o siete para diputados.
Asimismo, en el caso del Senado, para el que se escogerá a representantes nacionales y regionales, el JNE determinó que el 5% de los votos válidos a nivel nacional se calculará sumando los votos obtenidos en ambas elecciones senatoriales.


«La interpretación que considera el conjunto de votos válidos emitidos para la elección del Senado resulta compatible con los principios constitucionales que rigen el sistema electoral, en tanto permite valorar de manera integral el respaldo electoral obtenido por las organizaciones políticas en la conformación de dicha cámara legislativa», se lee en el acuerdo del Pleno del JNE realizado el pasado jueves.
El Jurado Nacional de Elecciones determinó también que estos dos requisitos que deberán cumplir los partidos políticos en las Elecciones 2026, “se calcularán de manera independiente”.
Fernando Tuesta: «JNE aprobó valla electoral de manera correcta»
El experto en temas electorales y exjefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Fernando Tuesta Soldevilla informó al tiempo de opinar sobre que, el JNE resolvió el tema pendiente referido al umbral de acceso al Senado.
“De manera correcta, el pleno del JNE acordó precisar que, en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica de Elecciones, para acceder a la distribución de escaños en el Senado, en lo que respecta al cálculo del cinco por ciento (5 %) de votos válidos es sobre la suma de los votos válidos obtenidos en ambas elecciones. Esto es, la elección por distrito electoral múltiple más la elección por distrito electoral único».

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