Congreso aprueba retiro del 100% de la CTS para cubrir necesidades por la pandemia

Por única vez y hasta el 31 de diciembre. En un plazo de 10 días darán disposiciones reglamentarias para que norma sea ejecutada

Por Martha Valencia | 31 marzo, 2021
El Congreso de la República aprobó el retiro del 100 % de las CTS de los trabajadores, por única vez. Se enviará el dictamen al Ejecutivo para su aprobación y promulgación.
Foto: Infomercado

El pleno del congreso aprobó anoche por mayoría la ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) para cubrir las necesidades económicas producidas por la pandemia del coronavirus.

Luego del debate, la norma fue aprobada por 71 votos a favor, 12 en contra y 12 abstenciones. A pedido del presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda, se aprobó la exoneración de una segunda votación. Ésta contó con 75 votos a favor, 14 en contra y 8 abstenciones.

De acuerdo a lo sustentado en el Pleno, la norma autoriza el retiro por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021. Así, los trabajadores podrán disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios – CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha.

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Señala además que el Ejecutivo deberá dictar, en un plazo de 10 días, las disposiciones reglamentarias para que la norma pueda ser ejecutada.

El presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda, agradeció a la Representación Nacional del respaldo a la norma e indicó que el retiro de los fondos de la CTS es facultativo.

Se espera aprobación del Ejecutivo para hacer efectivo el retiro

“Apelamos a la necesidad que existe en los trabajadores por la pandemia, agradezco a los colegas que apoyan la norma “, refirió.

Se debe esperar a que el Congreso envíe la autógrafa de ley al Poder Ejecutivo, el cual determinará si observa o promulga la norma.

Si la iniciativa es observada el Congreso aún tiene la opción de aprobarlo por insistencia, tal y como se ha hecho con otras leyes. En caso de ser promulgada, el Ejecutivo tendrá que dictar las disposiciones reglamentarias de la norma en el plazo de 10 días contados desde la entrada en vigencia de la ley.

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Martha Valencia

Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.