La Defensoría del Pueblo solicita al Minsa priorizar la reglamentación para reducir las barreras burocráticas en el registro sanitario de tratamientos a enfermedades raras o huérfanas (ERH).
La Ley n.° 31738, establece que la adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y servicios sanitarios para pacientes con ERH “estarán exceptuados del ámbito de aplicación de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado y de su reglamento, o de las que hagan sus veces”. Pese a que esta ley fue promulgada en mayo, a la fecha no se ha publicado su reglamentación. La Defensoría alertó que el plazo para ello vence el próximo 12 de julio.
Según cifras compartidas por esta misma institución, existen cerca de siete mil enfermedades raras o huérfanas identificadas por la OMS. Esto representa aproximadamente al 7 % de la población mundial. En Perú, este porcentaje representaría alrededor de 1.7 millones de personas que viven con una ERH.
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El Minsa y la demora peligrosa
La promulgación de la actual Ley de personas con ERH tomó casi ocho (8) años. Por ello, la Defensoría del Pueblo enfatiza la importancia de no repetir esta demora. Se emplaza al Minsa a cumplir con la reglamentación.
Un día sin medicación puede poner en riesgo muchas vidas
Actualmente la obtención del registro sanitario para un medicamento innovador puede demorar hasta 3 años. Diana Gonzales Delgado, congresista impulsora de la ley en cuestión, al momento de su promulgación explicó que en el caso de pacientes con ERH “un día sin medicinas puede significar un enorme deterioro en su salud”.
La norma que también sería aplicable para tratamientos oncológicos, establece que:
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