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Arequipa

Reserva de Paracas: Rechazan pedido de la Sociedad de Pesquería para depredar en áreas protegidas

La Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) tiene cinco días para apelar la resolución que rechaza su demanda al Estado para eliminar restricciones a la pesca industrial en áreas protegidas como la Reserva Nacional de Paracas.

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El 23 de mayo último había quedado al voto del Poder Judicial la decisión después de escuchar los alegatos de la demandante contra el Sernanp. La audiencia fue en la Segunda Sala Constitucional. El procurador Luis Alberto Huerta Guerrero defendió la legislación que protege a las áreas protegidas de la depredación industrial, entre ellas a la Reserva de Paracas.

Lo que buscaba la SNP es que se elimine la prohibición total de la pesca industrial dentro de las áreas naturales protegidas (ANP). El conflicto viene de octubre de 2023 cuando este gremio alegaba que la actividad existe desde la década de 1970.

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Sociedad de Pesquería habría pretendido también que se eliminen multas

Luis Huerta Guerrero, procurador del Sernanp, refirió que se rechaza el pedido porque no se ha autorizado la pesca de gran escala en los últimos 36 años, debido a la condición protegida de la reserva. Además, hizo notar que la demanda de la SNP también pedía que se declare la nulidad de los actos administrativos. Con esto, se anularían las multas impuestas a las empresas que estuvieron pescando allí.

Los expertos de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), explicaron recientemente el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Paracas. Establece conservar los ecosistemas de islas, islotes, puntas y acantilados para la fauna silvestre.

En las áreas protegidas contra la pesca industrial se acogen especies como la nutria marina, los lobos marinos chusco y fino, el pingüino de Humboldt y otras aves. También, establece la necesidad de “evitar eventos que alteren la disponibilidad de la anchoveta, principal componente en su dieta”. Pues al reducirse, los animales tendrían que desplazarse a mayores distancias para encontrar alimento.

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Decisión que protege al mar: La SNP “no puede pretender cuestionar una norma jurídica”

a Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada la demanda de la SNP, que apuntaba una presunta infracción a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas.

“La parte demandante (SNP) omite tener presente que la prohibición de extracción de recursos hidrobiológicos a gran escala no se generó recién a partir de la emisión de la norma cuestionada [directiva de 2021], sino que fue en mérito al artículo 112.5 del Decreto Supremo 038-2001-AG […] De tal manera que la parte demandante no puede pretender cuestionar una norma jurídica que no establece una nueva regla sino que sola se basa”

Señala la decisión judicial en primera instancia aún, para proteger el mar peruano

La SNP tiene cinco días desde la notificación de la resolución para presentar una apelación. De considerar ese recurso, el caso sería resuelto en segunda instancia por la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.

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Autor

  • Milagros Gonzáles Sánchez

    Bachiller en Ciencias de la Comunicación en la especialidad de Periodismo por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Especializada en fact checkin, crónica, cobertura de Derechos Humanos, conflictos sociales, investigación y fiscalización legislativa.

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