Si bien la Corte IDH emitió un pronunciamiento sobre la ‘ley de amnistía’ que aún no está promulgada, sí puede ordenar al Estado que actúe conforme al derecho internacional porque, en el caso del Perú, así lo aceptó en el ejercicio de su propia soberanía desde 1978.
Al respecto, el abogado en derecho internacional, Miguel Ángel Soria, dijo a Exitosa que la Corte IDH debió esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie como sucedió con el primer caso del indulto del expresidente Alberto Fujimori, pero que sí puede ordenar acciones al Estado.
Dijo también que «las decisiones de la Corte IDH son vinculantes y obligatorias para los estados (miembros)». Y que, mientras el Perú sea un estado miembro, el tribunal supranacional sí puede ordenar a los tres poderes del Estado, sin que eso resulte una injerencia política.
Cronología sobre la ‘ley de amnistía’
6 de junio: El pleno del Congreso aprobó en primera votación la ‘ley de amnistía’ que beneficia a sentenciados e investigados por crímenes de lesa humanidad. Esto representa una carta libre para que juicios históricos que ya tienen sentencias y los que no la tienen aún, sean anulados. Así, Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos podrían beneficiarse.
2 de julio: La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) requirió al Perú que “que a través de sus tres Poderes tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia al proyecto de ley que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en el Perú, a los que se hace referencia en las Sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta u otras iniciativas de ley similares, a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de esos casos”.
3 de julio: El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adriazén, aseguró que el Poder Ejecutivo coordinaría una “respuesta conjunta” de los tres poderes del Estado a la resolución de la Corte que “afecta la soberanía del Perú”.
Pese a requerimiento de la Corte IDH Congreso aprueba ley en segunda votación
4 de julio: La Comisión Permanente del Congreso, en segunda votación, aprobó el proyecto de ley que «precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra» en Perú que señala que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el país en julio de 2002 y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad en noviembre de 2003. Es decir que en el Perú no se podrán seguir procesos por estos delitos cometidos antes de 2002.
8 de julio: La presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Congreso, Alejandro Soto, enviaron una carta a la presidenta de la Corte IDH, Nancy Hernández López, rechazando el pedido para no aprobar la ley contra crímenes de lesa humanidad, según lo anunció el primer ministro, Gustavo Adrianzén. «No tenemos ninguna razón, de momento, para excluirnos de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos…[pero] en esa carta de respuesta firmada por los dos titulares de los poderes de estado electos han hecho saber a la CIDH el profundo rechazo que les ha merecido esta resolución», dijo.

Carta de Boluarte y Soto no tiene validez legal
9 de julio: El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, dijo que, «no tenemos por qué retirarnos de la Corte IDH, pero cuando se excede tenemos que ponerle un límite». La Corte IDH «no tiene ninguna facultad para pedirle a los poderes del Estado» que realicen una acción determinada. Y aseguró que cada juez deberá resolver con independencia en cada caso, si aplica o no esa ley.
10 de julio: Abogados advierten que la carta de Dina Boluarte y Alejandro Soto a la Corte IDH no tiene valor legal. El exprocurador y abogado, César Azabache, dijo a la República que, la carta no es un instrumento de uso legal. “Quien la haya redactado no tiene idea de lo que está haciendo. Los Estados se dirigen a la Corte a través de agentes acreditados por medio de comunicaciones formales basadas en la Convención Americana”.
El abogado y expremier, Pedro Cateriano, explicó que, al no tener el refrendo del Consejo de Ministros, la comunicación “no tiene ningún efecto, no tiene validez legal”. “De otro lado, el hecho que la presidenta Boluarte y el señor Soto firmen la carta es algo cuestionable. Ambos se supone que representan a poderes del Estado independientes y diferentes. Desde el punto de vista político, con esas firmas, prueban su alianza por la impunidad”, refirió.
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