Constitucionalistas sobre rinoplastía de Boluarte: “Sí hubo una suspensión temporal del ejercicio presidencial”

Posiciones encontradas: “Sí hubo infracción constitucional” vs. “Nos ahogamos en un vaso con agua”

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Distintos constitucionalistas se han pronunciado sobre si la cirugía de rinoplastía de la presidenta Dina Boluarte y su recuperación de la misma en una clínica, supuso una infracción constitucional.

Como se reveló en Hildebrandt en sus trece, la mandataria, al someterse a una cirugía de nariz que no hizo pública, habría estado ausente de sus funciones entre los días 28 de junio y 10 de julio del 2023.

Hay opiniones entre los abogados consultados por distintos medios, sobre que sí fue una infracción constitucional porque debió solicitar permiso o comunicar al Congreso. Y porque hubo un “vacío de poder” como dice la Constitución Política. En tanto, otros sostienen que se trata de algo sin importancia.

Los que dicen que sí hubo infracción constitucional

Aníbal Quiroga, abogado constitucionalista

“No importa si fue una cirugía estética, una rinoplastia o una apendicitis. Lo que interesa es que hubo una suspensión temporal del ejercicio de la presidencia”. Boluarte no solo infringió la Constitución, sino que indujo un vacío de poder. Según la ley, de acuerdo a la línea de sucesión constitucional, al no tener vicepresidentes, le corresponde desempeñar el puesto al titular del Parlamento de forma temporal, quien en ese momento era Alejandro Soto. Panamericana.

Luciano López, abogado constitucionalista

“El deber de ella (Dina Boluarte) era informar, y el Parlamento es al que le compete autorizar, entonces omitió un deber de su cargo, y eso es un delito (omisión de funciones). Será un delito menor, pero lo es. Y eso arrastra al Gabinete porque los ministros son solidariamente responsables por las infracciones constitucionales o las comisiones de delitos que cometa el presidente”. El sistema constitucional “sí tiene previstas” situaciones en las cuales un presidente, por cuestiones de salud -voluntarias o involuntarias-, no pueda encontrarse al 100% de sus capacidades. En estos casos, “la Constitución establece la figura de la suspensión temporal”, que es una competencia del Congreso.

Heber Joel Campos, abogado constitucionalista

“Boluarte sí debió informar de manera oficial de este hecho al Congreso, al amparo del artículo 114.1 de la Constitución, donde se aborda la suspensión del ejercicio de la Presidencia por incapacidad temporal”. Se debió activar la sucesión, por lo que correspondía asumir el cargo —de manera temporal— al titular del Congreso. “Considero que se produjo una infracción a los artículos 114 y 115 de la Constitución. Si la presidenta, producto de una intervención médica, no podía ejercer sus funciones durante un lapso determinado (al margen de su brevedad), o no iba a poder cumplirlas plenamente, debió ponerlo en conocimiento del Congreso y del país”. El Comercio.

Erick Urbina, abogado constitucionalista

“Este no es un tema menor”. Se requiere conocer cuál fue el tipo de procedimiento al que se sometió la jefa del Estado para determinar si es que, en ese lapso de tiempo, ella estuvo realmente impedida de ejercer el cargo. “Si ella no pudo ejercer el gobierno, ¿quién lo hizo?”. En el Perú el único con poder de efectuar actos de gobierno es el jefe de Estado y no el primer ministro o el jefe de Gabinete. “Es un rol que se cumple las 24 horas del día”.

Andy Carrión, abogado penalista

“La presidenta Dina Boluarte debió informar al Congreso sobre la intervención quirúrgica en la nariz a la que se sometió en 2023, porque pudo haber surgido alguna complicación propia de la operación”. La Constitución no contempla el proceder ante la ausencia de un mandatario, cuando este no cuenta con un primer o segundo vicepresidente, como es el caso de Dina Boluarte. “Desde el punto de vista constitucional, al haber ausencia, hubo la obligación de comunicar ante alguna circunstancia que pueda surgir producto de la operación; al no hacerlo, desde mi perspectiva, sí se habría configurado una infracción”.

Daniel Soria, exprocurador

“Existe causal de vacancia presidencial por incapacidad moral permanente”. La mandataria no solo infringió la Constitución, sino que indujo un vacío de poder al someterse a una rinoplastia sin notificar al Congreso de la República. Independiente al tiempo en el que padeció los efectos de la anestesia, la Presidencia no puede quedarse sin alguien a cargo ante la posibilidad de cualquier situación que amerite la toma de decisiones. De acuerdo con la línea de sucesión constitucional, al no tener vicepresidentes le corresponde al titular del Parlamento desempeñar el puesto de forma temporal, quien en ese momento era Alejandro Soto y este ha descartado notificación alguna. Infobae

Los que dicen que no se infringió la Constitución

Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional

“Nos estamos ahogando en un vaso con agua”. La mandataria Dina Boluarte no cometió una infracción constitucional al no desatender sus funciones tras realizarse un procedimiento quirúrgico en la nariz. Consideró también que no era necesario que lo comunique al Congreso de la República. “Lo acontecido no incapacitaba a la presidenta para el ejercicio del cargo al ser un procedimiento frecuente en las personas”. “No impidió que continuara en el ejercicio de su función, según dijo Otárola”. “No hubo una presencia física, pero sí virtual”. Ernesto Blume, en julio último, asumió la defensa legal de Dina Boluarte en un proceso de habeas corpus.

Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional

“No se habría cometido ninguna infracción a la Carta Magna, toda vez que se trató de una cirugía menor que no significa un estado de inconciencia prolongado y que, luego de ella, el periodo de recuperación no impide la lucidez para manejarse a través de una computadora o del teléfono”. Cuestionó que Boluarte no haya transparentado el tema ante la opinión pública. “Eso lo considero más grave. (…) La presidenta es un claro ejemplo, en ciencia política, de un jefe de Estado mal aconsejado, de una pésima asesoría”.

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Martha Valencia
Martha Valencia
Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.

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