TC declara inadmisible demanda competencial del Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público

Por error, abogados del Gobierno presentan demanda de inconstitucionalidad cuando no correspondía

- Publicidad -

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible la demanda competencial que interpuso el gobierno de Dina Boluarte contra el Poder Judicial y la Fiscalía, a fin de que dicho órgano defina bajo qué circunstancias un jefe de Estado puede ser acusado.

El TC rechazó la demanda aclarando que la presidenta Dina Boluarte debió presentar una demanda de inconstitucionalidad y no, una de competencia. Ahora la Presidencia tiene un plazo no mayor de cinco días para corregir su error o el pedido será enviado al archivo definitivamente.

Según se supo, la demanda se rechazó por un ‘grosero error de los abogados del Poder Ejecutivo’. La norma legal vigente indica que la presentación de una demanda de la presidencia de la República requiere la aprobación del Consejo de Ministros.

“Se advierte que la presidenta de la República, Dina Boluarte designó al presidente del Consejo de Ministros para que presente una demanda de inconstitucionalidad, por lo cual no existe una autorización expresa de la titular del Poder Ejecutivo para que el presidente del Consejo de Ministros interponga una demanda de competencia”, explicó el TC.

Demanda es para los próximos presidentes, dice Adrianzén

Como se recuerda el 7 de agosto del 2024, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén informó que “la demanda competencial que presentó el Ejecutivo contra el PJ y el MP, fue para que el TC defina bajo qué circunstancias a un jefe de Estado se le acusado.

En ese sentido, recordó que “según el artículo 117 de la Constitución Política del Perú, esa acusación solo puede darse bajo las razones contenidas en el texto constitucional”.

“Esta demanda se pensó en los presidentes que vengan a futuro, a fin de que no mermen sus funciones constitucionales ante los llamados de la Fiscalía”. Así lo subrayó el jefe del Gabinete Ministerial, descartando que se pretende hacer intocable al Ejecutivo.

Desde el mandato del expresidente Pedro Castillo se consideró que sí es posible investigar a un presidente. Antes, ni el Poder Judicial ni el Ministerio Público investigaron ni procesaron a un presidente de la República en el ejercicio de sus funciones. Porque está prohibido en la Constitución.

Pero como la presidenta Dina Boluarte tiene siete investigaciones por presuntos delitos de violación de derechos humanos y corrupción durante el ejercicio de sus funciones. Tiene que acudir a la fiscalía para brindar sus declaraciones indagatorias, lo que, al parecer, quiere evitar.

Síguenos también en nuestras redes sociales:    

Búscanos en FacebookTwitterInstagram y además en YouTube. Únete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.

- Publicidad -
banner-la-portada

Suscríbete a Semanario El Búho

Vuelve Semanario El Búho, y ahora aterriza en tu bandeja de entrada todos los domingos. Además, es GRATIS.

Martha Valencia
Martha Valencia
Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.

Suscríbete a La Portada

Recomendación: Antes de iniciar la suscripción te invitamos a añadir a tu lista de contactos el correo electrónico [email protected], para garantizar que el mensaje de confirmación de registro no se envíe a la carpeta de correo no deseado o spam.
- Publicidad -

Artículos relacionados

Últimas noticias