El Poder Judicial a través del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, rechazó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para anular la denuncia constitucional ante el Congreso por la desactivación del Eficcop.
Como se conoció, Boluarte Zegarra intentó anular las diligencias de la Fiscalía que determinaron la acusación en su contra y que obra en el Congreso, por desactivar al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop).
Pero con la decisión, del juez supremo, Juan Carlos Checkley, el Ministerio Público podrá continuar con las investigaciones contra la jefa de Estado, por el presunto delito de encubrimiento personal.
Checkley Soria consideró que las pruebas que obtuvo la Fiscalía están sujetas a la ley y no hubo una vulneración de derechos, como señala la mandataria. Esto, luego de convalidar las pruebas que entregó la Fiscalía al Parlamento en noviembre del 2024.
Boluarte intentó anular las declaraciones de los testigos
Como se informó, la Fiscalía tomó las declaraciones de los miembros de la PNP en secreto debido a que, según indica la constitución, Boluarte Zegarra es la Jefa Suprema de las Fuerzas Armadas y PNP, y luego, podría tomar represalias.
Y según se conoció, la jefa de Estado intentó anular esas declaraciones, incluidos los testimonios de los agentes ‘Carlos’ y ‘Rene’ y el exmiembro de la PNP, Harvey Colchado y Walter Lozano.
El abogado Juan Carlos Portugal, defensa legal de la presidenta, sostuvo que se vulneró el derecho a la motivación, a la defensa e igualdad de partes, debido a que no se habría permitido su participación en las diligencias fiscales en contra de su patrocinada.
Pero, Checkley Soria no lo consideró así y decidió «declarar infundada la solicitud de tutela de derechos presentada por la defensa de la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra contra el Ministerio Público, respecto al proceso seguido en la Carpeta Fiscal N.º 153-2024», dice la resolución.
«La fiscalía remitió al Congreso la referida denuncia constitucional y la presente tutela de derechos fue presentada a este Juzgado Supremo de investigación Preparatoria el 29/01/2025, esto es, cuando ya no tenía competencia para resolverla. (…) En ese sentido, estando a que el presente proceso se encuentra en el fuero parlamentario, la tutela es desestimada», reza el documento.
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