El Gobierno aprobó este sábado el Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional. La afiliación a una AFP o al SNP es obligatoria desde los 18 años; los trabajadores independientes también aportarán y los dependientes tendrán nuevos aportes.
Según esta nueva disposición, se implementa un esquema multipilar que busca ampliar la cobertura, garantizar sostenibilidad y asegurar a más ciudadanos el acceso a una pensión digna. De acuerdo con los expertos, esta ley que impulso Fuerza Popular es favorable a las AFP. Los jóvenes menores de 40 años y los nuevos afiliados no podrán retirar el 95,5% de su dinero al cumplir la edad de jubilación.
De acuerdo con la medida, a partir del 1 de junio de 2027, todos los peruanos deben afiliarse obligatoriamente al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP). De no hacerlo en el plazo de un año, se les afiliará automáticamente: al SNP a quienes cumplan 18 años, y al SPP a los mayores no afiliados al 31 de mayo de 2027.
Para la afiliación se debe usar la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), administrada por la ONP y la SBS.
¿Cuánto aportarán los independientes y los dependientes?
Los aportes son diferenciados para los trabajadores independientes y los dependientes, quienes seguirán aportando el 13 % en el SNP y el 10 % más comisiones en el SPP.
Lo nuevo es que, para los trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría, desde 2028 se les establece una tasa progresiva que comenzará en 2 % y alcanzará el 5 % a partir de 2034. Además, se reconocen aportes facultativos y voluntarios con fines previsionales.
También se crea la Unidad de Aporte (UdA), equivalente a un mes de contribución, como referencia para acceder a pensiones. “Los afiliados podrán trasladarse libremente entre SNP y SPP por primera vez, con reglas específicas para los movimientos posteriores”, dice el reglamento.
De acuerdo con la nueva Ley, quienes logren acumular 240 Unidades de Aporte (UdA), equivalentes a 20 años de aportes, tendrán derecho a una pensión mínima garantizada de S/600, ya sea en la ONP o en una AFP. Quienes registren al menos 120 UdA (10 años de aportes) podrán acceder a una pensión proporcional.
Este beneficio, que era antes solo para afiliados a la ONP, ahora es para todos los trabajadores, asegurando que quienes aporten de manera constante cuenten con una pensión respaldada por el Estado al momento de jubilarse.
Los nuevos pilares del sistema
El nuevo sistema es semicontributivo: administrado por la ONP, brinda pensiones con apoyo estatal a quienes no alcancen una pensión mínima, siempre que cumplan requisitos de edad y aportes.
Voluntario: incorpora la Pensión por Consumo, que se financia con un 1% de las compras registradas en boletas electrónicas (hasta 8 UIT al año).
No contributivo: programas como Pensión 65 y CONTIGO serán administrados por la ONP desde 2027, beneficiando a poblaciones vulnerables.
Fondo pesquero: se fortalece el Fondo Complementario de Jubilación para Trabajadores Pesqueros, con aportes de los armadores y administración de la ONP.
¿Qué entidad pueden gestionar los ahorros previsionales?
De acuerdo con la nueva Ley, se amplía la administración de los ahorros previsionales. Así, además de las AFP, ahora también podrán gestionarlos bancos, cajas, cooperativas y aseguradoras, siempre bajo las mismas regulaciones.
De esta forma, los afiliados contarán con más alternativas y se fomentará una mayor competencia en el sistema.
Finalmente, el reglamento exige que cualquier modificación futura se sustente en estudios financieros y actuariales, y reafirma que los fondos previsionales son intangibles e inembargables, destinados exclusivamente al pago de pensiones.

Si valoras nuestro contenido, hazte miembro de la #BúhoComunidad. Así podremos seguir haciendo periodismo. También puedes apoyarnos uniéndote a nuestro canal de YouTube.