Política

Defensoría demandará Ley que permite procesar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años

La Defensoría del Pueblo demandará ante el Tribunal Constitucional la Ley que permite procesar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años, en casos como sicariato, violación, terrorismo. Señala que vulnera la Constitución y el principio del interés superior del niño.

Por Mila Gonzáles | 11 mayo, 2025

La Defensoría del Pueblo anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la recientemente promulgada Ley N.º 32330. La nueva norma permite que se incorpore a adolescentes de 16 y 17 años al sistema penal ordinario. La medida regiría para los casos en los que se hayan cometido delitos graves como sicariato, homicidio, violación, terrorismo. La institución considera que esta ley contradice la Constitución peruana y compromisos internacionales. La Defensoría sostiene que la norma, al tratar como adultos a los menores de edad para efectos penales, transgrede el principio del interés superior del niño.

“Esta decisión [la demanda] se fundamenta en la profunda incompatibilidad de la mencionada ley con la Constitución, las obligaciones internacionales del Estado peruano en derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, la evidencia científica y el principio del interés superior del niño”, señala la Defensoría del Pueblo.

La entidad defensorial remarca en que La Ley N.º 32330 representa un grave retroceso en materia de derechos humanos y justicia juvenil, además de contradecir el enfoque restaurativo y socioeducativo del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, vigente desde el año 2017.

Suscríbete

Recibe información especializada todas las semanas.

La Defensoría también advirtió que la ley carece de sustento técnico y no cuenta con el respaldo de las instituciones claves del sistema de justicia. Entre las entidades que expresaron su rechazo están el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de la Mujer, así como UNICEF Perú y el Colegio de Abogados de Lima.

Por estos motivos, el organismo constitucional anunció que hará uso de su facultad para interponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Asimismo, instó al Estado a fortalecer el sistema de justicia juvenil especializado, con un enfoque terapéutico y de reintegración social, para adolescentes infractores de entre 14 y 18 años.

Promulgan Ley que declara imputables a adolescentes de 16 y 17 años por delitos graves

Como se recuerda, la Ley 32330 ha sido oficialmente promulgada ayer, 10 de mayo, y establece que los adolescentes de 16 y 17 años podrán ser procesados como adultos cuando cometan delitos graves como homicidio, sicariato, violación sexual y terrorismo. La norma hace una serie de modificaciones en el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Por ejemplo, eliminan la exención de responsabilidad penal para este grupo en casos específicos.

La medida es publicada y hecha Ley justo cuando el sistema penitenciario atraviesa una crisis de hacinamiento y de control, como la fuga de un reo del penal de Lurigancho (INPE) y de seis internos del centro juvenil “Maranguita” (PRONACEJ). La aprobación y publicación en el Diario Oficial El Peruano también sucede tras las propuestas de privatizar los controles de las cárceles y reclusorios del país, incluso luego de que el Bloque Magisterial presente un proyecto para trasladar reos a cárceles de Nayib Bukele, lo cual implicaría un pago tarifario para eventual convenio con El Salvador.

Un punto clave de la ley que incorpora a adolescentes de 16 y 17 años como imputables en el sistema penal incluyen procesos bajo el sistema penal ordinario. Los adolescentes serán procesados como adultos en delitos graves. Entre los delitos graves que complicaría la situación de menores acusados son homicidio, sicariato, violación sexual y terrorismo.

Internamiento diferenciado y penas más severas para adolescentes imputables

En delitos de extrema gravedad, la medida de internación puede ser de 6 a 8 años, según el artículo 163.4 del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Lo cierto es que la medida no contemplaría penas máximas como cadena perpetua.

Se establece un tratamiento penitenciario especial para jóvenes de 16 a 21 años, con enfoque educativo y de rehabilitación. La Ley publicada ayer, contempla un tratamiento penitenciario de carácter individualizado, científico e integral. Comprende acciones y actividades terapéutico-asistenciales. Está diseñado para abordar situaciones problemáticas vinculadas a aspectos históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, que han influido en la personalidad o conducta delictiva del posible infractor de 16 a 21 años.

También se dispone separación de internos. La norma ordena que los adolescentes sean recluidos en áreas separadas de los adultos en los centros penitenciarios.

Nueva Ley es incompatible con la Administración de Justicia Terapéutica Restaurativa

El Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el Instituto Nacional Penitenciario tiene el plazo de 60 días para emitir sus normativas adicional conforme a lo dispuesto en la nueva Ley.

Como se recuerda, ya desde el año pasado, la Fiscalía y representantes del Poder Judicial alertaron de los retrocesos que representa la nueva Ley, impulsada desde el Congreso. Esta norma complica el cumplimiento de tratados y la política de justicia terapéutica restaurativa de la cual Perú daba algunas referencias a nivel internacional.

Síguenos también en nuestras redes sociales: 

Búscanos en FacebookTwitterInstagram y además en YouTube. Únete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.

Mira este video:

Mila Gonzáles

Bachiller en Ciencias de la Comunicación en la especialidad de Periodismo por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Especializada en fact checkin, crónica, cobertura de Derechos Humanos, conflictos sociales, investigación y fiscalización legislativa.