Política

Elecciones 2026: Poder Judicial ordena a JNE inscripción de Unidad Popular o impondrá multas y enviará caso al MP

JNE dijo que era inejecutable la resolución judicial para inscripción de partido, pero ahora tienen plazo para acatar nuevo fallo

Por Martha Valencia | 26 agosto, 2025
Roberto Burneo, presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá acatar la orden judicial para inscribir al partido Unidad Popular de Duberli Rodríguez, a fin de que pueda participar en las Elecciones 2026.

El Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró nula la resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que resolvió como inejecutable un mandato judicial a favor del partido Unidad Popular (UP), liderado por Duberlí Rodríguez, para que participe en las elecciones generales de 2026.

De esta forma, el juzgado ordena al pleno del JNE cumplir hasta este miércoles, con la Resolución del 31 de julio de 2025, en la que determina que se reconozca la inscripción de la organización política y así pueda participar en elecciones generales 2026.

El tribunal en su fallo de este lunes 25 de agosto, determina el plazo máximo de dos días hábiles, para cumplir lo dispuesto, caso contrario, “los miembros del colegiado enfrentarán multas individuales y progresivas de 5 URP cada uno, además de la remisión del caso al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones”, se lee.

Asimismo, el tribunal dispone que “el jefe de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Felipe Andrés Paredes San Román, acate la orden bajo apercibimiento de sanción económica similar, remisión al Ministerio Público para que, conforme a sus atribuciones, inicie, ante el incumplimiento de una decisión judicial, un procedimiento disciplinario que podría derivar en su destitución”.

Unidad Popular pide al JNE no seguir haciendo más daño a su organización

Desde Unidad Popular, tras conocer el fallo, exhortó a la Dirección Nacional del ROP, a respetar los mandatos judiciales, actuar con imparcialidad y “no seguir causando más daño del ya hecho” a la agrupación.

Recuerdan que el caso se inició el 31 de julio, cuando el Poder Judicial ordenó al JNE reconocer la inscripción de la plataforma de izquierda, argumentando que, al momento de su solicitud, estaba vigente el artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Pero el JNE declaró inejecutable dicha disposición, impidiendo la inscripción provisional del partido. Y como justificación, sostuvo que, cumplir la orden judicial “afecta directamente la estructura y continuidad del cronograma electoral ya iniciado”, genera “un trato desigual respecto de las demás organizaciones políticas” y vulnera los principios de preclusión, igualdad ante la ley y seguridad jurídica electoral.

“Ejecutar dicho mandato implicaría alterar el cronograma electoral, vulnerando los principios de preclusión y seguridad jurídica que rigen el proceso electoral”, concluyó el JNE en un comunicado.

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Martha Valencia

Periodista. Estudió en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa. Trabaja en El Búho desde el 2020 y antes en medios escritos y radio.